[296] Nos atrevemos á calificar con este nombre el arte árabe del primer período porque su ornamentacion nos parece de casta todavía mas pura que la vulgarmente llamada bizantina. Hay en Córdoba capiteles del tiempo de Abde-r-rahman III y de Al-hakem II, en que se ve mas que el mero reflejo la verdadera resurreccion del gusto helénico. Pero trataremos mas adelante esta cuestion reproduciendo algunos fragmentos de Medina Azzahra.

[297] Esto significa en árabe Kalat-an-nosor, de donde hemos formado Calatañazor.

[298] La dinastía de los Umeyas dió al trono de Córdoba diez y seis príncipes: hemos hecho mencion de los diez primeros, únicos con quienes tiene relacion la historia de la fundacion y engrandecimiento de la mezquita Aljama. Los siguientes, que pertenecen á la época de las guerras civiles del Califato, y reyes solo en el nombre, nada al parecer hicieron en este templo. Puede sin embargo interesar al lector su sucesion. Despues de Hixem II, destronado en marzo de 1009, subió al trono Mohammed II, que reinó hasta noviembre del mismo año. Era este nieto de un hermano de Al-hakem II. A Mohammed II sucedió Suleyman, tío de Hixem II, y reinó hasta mayo ó junio de 1010. Subió despues por segunda vez al trono Mohammed II, y en agosto del mismo año 1010 le sucedió el destronado Hixem II, tambien por segunda vez promovido al Califato. A Hixem II sucedió Suleyman, por segunda vez; reinó desde el mes de abril de 1013 hasta el mes de julio de 1016. En este se interrumpió la dinastía de los Beni-Umeyas. Ingirióse en la sucesion Alí, hijo de Hamud, de diversa estirpe, y reinó hasta marzo ó abril de 1018. Despues de este sigue otro Umeya, denominado Abde-r-rahman IV, nieto de otro hermano de Al-hakem II, aunque nunca llegó á enseñorearse de la capital. Siguen á Abde-r-rahman IV, que deja de reinar en enero de 1019, otros dos de la dinastía de Hamud, Al-Kasim, hermano de Alí, y Yahya, hijo de Alí, los cuales ocupan alternando el trono hasta noviembre del año 1023. Viene luego Abde-r-rahman V, de los Umeyas, hermano de Mohammed II, hasta mayo del año 1024; luego Mohammed III, nieto de otro hermano de Al-hakem II, hasta el mes de mayo de 1025; despues otra vez Yahya, hijo de Alí ben Hamud, hasta febrero de 1027; y últimamente Hixem III, hijo de Abde-r-rahman IV, desde mayo de 1027 hasta el año 1031.

El reino de Córdoba dependió luego de los amires de Sevilla, y á fines del siglo XI pasó bajo el imperio de los amires de Africa, almoravides y almohades. Poseianle estos últimos cuando en el primer tercio del siglo XIII se rindió á las armas de D. Fernando el Santo.

[299] Por este tiempo fué cuando Juan, arzobispo de Sevilla, tuvo que traducir la Biblia del latin al arábigo para que pudiesen entenderla los cristianos de Andalucía, así lo refieren el P. Florez, Bravo, Masdeu y otros.

[300] Tunc Museranij, dice Orderico Vital, fere decem milia congregati sunt, ac Regem Ildephonsum humiliter adierunt. Nos inquiunt et Patres nostri hactenus inter Gentiles educati sumus, et baptisati Christianam legem libenter tenemus: sed perfectum divæ religionis dogma nunquam ediscere potuimus: nunc neque nos pro subjectione infidelium, à quibus jam diu oppressi sumus, Romanos, seu Gallus expetere doctores ausi fuimus, neque ipsi ad nos venerunt propter barbariem paganorum, quibus olim paruimus. Nunc autem adventu vestro admodum gaudemus, et natali solo relicto vobiscum migrare cum uxoribus, et rebus nostris optamus. Mucerianis itaque rex, quod petebent, annuit, etc. De las concesiones de tierras y privilegios que el rey les hizo habla Garibay (lib. 23, cap. 8).

[301] Bajo esta persecucion, no menos encarnizada que la de Mohamad, de que hicimos mencion en su lugar correspondiente, debieron quedar destruídas la mayor parte de las basílicas cristianas de Córdoba, pues solamente hay noticia de haberse conservado una por los cautivos cristianos, que fué la de Sta. Maria, de que habla Salviato (copiado por Bolando y Tamayo) en la vida de S. Martin de Soure. Véase el cap. Córdoba mozárabe.

[302] Así lo refieren Ibn Sahibi-a-saláten su Historia de los almohades, Ibnu-l-khattib, y Conde.

[303] «El emperador, dice Gomez Bravo (t. 1.º, pág. 240), como nimiamente crédulo... imbió al conde D. Manrique de Lara con otros caballeros, y fueron todos arrestados por órden de Abengamia luego que entraron en la ciudad.» El diligente historiador árabe Ibn Khaldun, de quien copia un largo fragmento el Sr. Gayangos en su apéndice D al tomo II de Al-Makkarí, refiere que estando Ben Ganyah en Jaen sitiado por el rey cristiano, aprisionó traidoramente á uno de sus condes encerrándolo en el castillo de Alcalá de Ben Zaid.

[304] Hipérbole usada con frecuencia por los historiadores árabes para pintar la muchedumbre de un ejército.

[305] Esta espresion, de que se valió Al-Mu'tamed para significar que mas queria ser prisionero de Yusuf Ibn Taxfin el almoravide, que cautivo de Alfonso, se hizo luego proverbial en Andalucía.

[306] Esta segunda entrada de las tropas del emperador D. Alfonso en Córdoba consta de dos privilegios que menciona Gomez Bravo, dado el uno á Pelayo, cautivo, á 23 de junio, era de 1188, y el otro á Martin Diaz, á 19 de agosto de la misma era. Hácese en el primero mencion del cerco de Córdoba con estas palabras: Quando Imperator tenebat Cordubam circundatam, et pugnavit super eam cum triginta milia Muzmidis, et cum alijs Indalucijs, et devicit eos. Y dícese en el segundo: Post reditum fossati, quo prænominatus Imperator Principem Maurorum... sibi vassallum fecit; et quandam partem Cordubæ deprædavit cum mesquita majori.

Concuerda con esto lo que refiere en su Historia de España Mr. Romey (t. 6.º, página 90) del discurso que dirigió á Abde-l-mumen en Salé el Cadí de la Aljama de Córdoba Abu-l-Kasem ben El Had, con motivo del solemne recibimiento hecho por el Amir almohade á los diputados de las ciudades de Andalucía sometidas á la nueva dinastía. «La capital de España, dijo Abu-l-Kasem, centro de los musulmanes, sufre los asedios y asaltos del tirano Aladfuns (¡Dios le confunda!); sus campos estan talados y yermos, sus caseríos destruidos é incendiados, etc... Los musulmanes que la defienden esperan que acudas á su defensa y ahuyentes á los enemigos del Islam. Todos ponen los ojos en tí como en una alta montaña esperando auxilio seguro, etc.»

[307] Véase Homey, Hist. cit., t. 6.º, cap. II, y Al-Makkarí en su descripcion de la mezquita, epígrafe Copia del Koran, etc.

[308] La mezquita Aljama de Sevilla, de que hoy solo se conserva el altísimo alminar, llamado la Giralda, fué construida por los almohades.

[309] Nadie ignora que la derrota que sufrieron los almohades en la sangrienta batalla de las Navas de Tolosa ó Muradal, y con la cual lavó D. Alfonso IX la afrenta recibida en Alarcos, fué la que dió el golpe de muerte al imperio agareno en España. Espanta el pensar cuál habria sido la suerte de la cristiandad si la tremenda oleada venida del Africa no se hubiese estrellado contra las heróicas huestes de Castilla, Aragon y Navarra. Nunca se habia visto un ejército tan numeroso como el que juntó El Nassr allegando para la guerra santa toda la gente disponible de aquende y allende el Estrecho. Los historiadores árabes afirman que entre escuadrones y batallones, entre ginetes y peones, contaba el Amir mas de 400,000 hombres, repartidos del modo siguiente: 60,000 voluntarios, 300,000 reclutas, 30,000 negros con alabardas para la mas inmediata defensa de su persona, 10,000 ballesteros renegados, y últimamente muchos flecheros de las tribus zenetes, árabes y arábigo-berberiscas de Almagreb.

[310] Este pacto se cumplió, pero el templo cristiano erigido en medio de la capital del imperio agareno de Africa duró poco, porque el usurpador Yahya, aprovechando una diversion de El Mamun, cayó con sus partidarios sobre la ciudad y lo destruyó. Véase Romey, Historia de España, citando al historiador árabe Ebn Abd el Halim, t. VI, cap. 6.

[311] Refiere Gomez Bravo haber visto en el claustro de la parroquia mozárabe de S. Sebastian de Toledo un epitáfio de un cristiano de Córdoba que huyó á dicha ciudad por estos tiempos, concebido de la manera siguiente:

In nomine Domini Jesu-Christi
Vir bonus, et gratus, Vicinus, merigeratus
Dominicus Joannes à Corduba ad astra
Beatus.

Obijt 25 Julij, era 1219.

[312] «Estos hombres que llevan el nombre de almugávares (almogavars), dice Bernardo Desclot, son gentes que no viven sino de hechos de armas, ni habitan en villas ó ciudades, sino en bosques y montañas; y estan en guerra diaria con los sarracenos. Entran en sus tierras una ó dos jornadas, prenden á los sarracenos, llévanse sus bienes, y así viven. Sufren malandanzas que otros hombres no podrian sufrir, pues si es menester pasan dos dias enteros sin probar bocado, ó manteniéndose de la yerba del campo. Los adalides que los guian saben todos los caminos de las tierras que recorren; no llevan mas que una camisa muy corta, sea verano ó invierno, en las piernas unas calzas de cuero, abarcas en los piés, en la cintura una correa con un buen cuchillo, casco en la cabeza, lanza y dardo en mano, y una bolsa de piel á la espalda con pan para dos ó tres dias... Son todos catalanes y aragoneses.» Véase la nota 162 á la Crónica de Fr. Pedro Marsilio, traducida por D. José Maria Cuadrado. Mr. Romey en su Historia completa del modo siguiente esta pintura de aquella célebre milicia catalana y aragonesa. «Hay tambien otros llamados Golfines, que en su modo de vivir se diferencian poco de los almugávares, y son castellanos y salagones, gentes de lo profundo de España... Los cuales, por no tener hacienda y haberlo gastado ó jugado todo, ó bien por delitos que cometieron, huyen de su tierra con sus armas, y como hombres que no saben hacer cosa de provecho, se establecen en la frontera de los puertos de Muradal, que son unas grandes montañas llenas de bosques y peñas inaccesibles que confinan con tierras de sarracenos y cristianos, y por donde pasa el camino que va de Castilla á Córdoba y Sevilla, y allí roban á las gentes de toda ley.»

Almogavar se deriva del verbo árabe ghar ó ghara, que significa guerrear, acometer, etc.; de donde procede tambien el sustantivo algara ó algarada (alghawra en árabe), equivalente á incursion, acometida súbita, correría por el pais enemigo.

[313] Barrio al oriente, en la parte baja de la ciudad, en que vivian los mozárabes, separado de la Almedina ó parte alta, llamada tambien la villa despues de la reconquista, por una fuerte muralla, que, corriendo de N-E. á S-O., dividia á Córdoba en dos porciones desiguales. Créese que habia ademas en la Almedina otros muros interiores que la dividian en cuatro ó cinco barrios diversos. Sábese de cierto que habia en la ciudad puertas interiores, con sus guardas ó serenos (Ad-darabún) encargados de cerrarlas todas las tardes despues del alatemah ú oracion del anochecer, de modo que los barrios no comunicasen unos con otros. Estos guardas andaban bien armados, llevaban una linterna sorda, y un perro para que les avisase de cualquier ruido. De las puertas interiores existen todavía algunas en la ciudad con el nombre de portillos.

[314] Alvaro Colodro y Benito de Baños fueron los primeros soldados cristianos que escalaron la muralla por el punto mismo que hoy ocupa la Puerta de Colodro.

[315] Llególe en el camino la noticia del aprieto en que tenia puestos á los valencianos D. Jaime de Aragon, y olvidándose de sus cordobeses, se dirigió á auxiliar al rey Aben Zeyan. Con este objeto llegó á Almería, donde pensaba embarcarse para Valencia; el caïd ó alcaide Abde-r-rahman le dió alojamiento en la Alcazaba festejándole con un espléndido banquete, y aquella misma noche (15 de enero de 1238) le ahogó pérfidamente en su propio lecho. Romey, Hist. cit.: t. VI, cap. 6.

[316] Estando en Benavente sentado para comer, le llegó el correo con la noticia de la sorpresa de Córdoba por unos cuantos soldados, y el rey, sin darse tiempo de tomar un bocado, montó á caballo, dejando órdenes á los lugares de Leon y Castilla para que le siguiese la gente de armas que la diligencia de los cabos y corregidores pudiese juntar. Véase la Crónica general de España del rey D. Alfonso, parte 4.ª, fol. 409: Crónica del santo rey, cap. 21: el arzobispo D. Rodrigo, lib. 9, cap. 16.

[317] De los Beni Hud de Zaragoza.

[318] Véase la nota de la pág. 93.

[319] En el archivo de la iglesia catedral existe la prueba de esto en un privilegio del rey S. Fernando fechado en Valladolid á 12 de noviembre de la era 1276 (A. D. 1238), en el cual se leen las siguientes frases: Notorio e manifiesto sea... que yo Ferrando por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, etc., por consentimiento e beneplácito de la reina D.ª Berenguela, mi madre, juntamente con mi mujer la reina D.ª Juana e con mis hijos Alfonso, Frederico e Ferrando, fago carta de donacion, concesion, confirmacion e firmeza a Dios e a la eglesia catedral de Sta. María de Córdoba e a vos el maestro Lope, mi amado electo obispo de la misma, desde agora e a vuestros sucesores, e a todo el cavildo de canónigos, etc.

[320] Donde está hoy la capilla de la Concepcion.

[321] En la que es hoy capilla de la Cena.

[322] «... Vos doy e conçedo los diezmos de mi almoxarefadgo, alguacilado de las quintas salinas e mi tienda, e de todos los réditos que tengo en Córdoba, a vos fago donacion de dos fornos e aquellas dos aceñas que fueron de Ordoño Alvaro, e vos doy quinientas aranzadas de viña e cien aranzadas de huerto e la tercera parte de todo mi olivar, etc.» Privilegio citado.

Por el memorial de un pleito sobre el terreno de la alcaicería entre el cabildo y el duque de Medinaceli, fallado por la Real Chancillería de Granada, nos consta que al diezmo del almojarifazgo concedido á la catedral, y confirmado por varios reyes en lo sucesivo, estaban anejas y juntas estas otras rentas: el pontazgo, los tres pesos, la renta de las libras de la carne, la media fanega de la alhóndiga, y la antigua alcabala de las bestias. Percibió el cabildo estas rentas hasta el año 1411, recibiendo el importe del diezmo del almojarifazgo en el arca de la aduana de la ciudad. Cuando algun año no habia arrendadores del almojarifazgo, ó no daban fianzas bastantes, ó no pagaban el diezmo como debian al cabildo, ponian sus fieles así á la renta como á cada una de las rentas anejas. Arch. de la catedral, caj. Z, leg. 2, núm. 38.

[323] Fué D. Lope muy amado del rey S. Fernando, y le habia ya dado este casas, un horno, una rueda de aceña, quince aranzadas de viña y tres de huerta cuando entró en Córdoba. Véase á Gomez Bravo.

[324] Es tambien interesante este instrumento, porque no existiendo el repartimiento de Córdoba, por él se tiene noticia de muchas posesiones y derechos, cuyo conocimiento es útil para el estudio de la corografía y de nuestro antiguo sistema tributario. Copiamos de él lo siguiente: «Luzena y Bella con todos sus términos, al señor obispo, como las dió el rey á la Eglesia. Cayó en parte al cabildo Tiñosa con todos sus términos e todo el almoxarefadgo de Córdoba e todas las tiendas fechas e por façer assi como el rey lo dió a la Eglesia. De las viñas e huertas cayó la mitad al obispo e la otra al cabildo. Sacada la huerta de las veinte e dos aranzadas que dicen Aliatar que recebió el obispo en cambio e entrega por la ofrenda e por el mortuorio que habia el obispo en la capilla, e fincó en el cabildo la dicha ofrenda. Cayó al cabildo por entrega de las huertas el horno de S. Laurencio e al obispo la heredat de Carchena, al cabildo el cortijo de Diezmariza e el cortijo de Miguel Zorita, los que fueron de Alfon Tellez. Del heredamiento de Jaen, del del Tejedor, del heredamiento de Palma e del heredamiento de la Torre de Avenhance (que es cerca la Torre Albaen) tocó la mitad al obispo e la otra mitad al cabildo. Tocó al obispo la mitad de todas las aceñas que há la Eglesia en esta cibdat e la otra mitad al cabildo e dicho señor obispo D. Gutier asignó al comunal de las raciones en la parada que cayó al cabildo todos los heredamientos e que los haya en esta forma. En Tiñosa con todos sus términos así como la dió el rey á la Eglesia, los cortijos sobredichos e todo lo que há el cabildo en Córdoba, viñas e heredades, huertas, aceñas, hornos, el almoxarefadgo, todas las tiendas fechas e por façer, el diezmo todo de la tienda de los alcalles, e la alfóndiga que es cerca de Sancta María, e cerca de los baños, e la parte que há el cabildo de las caloñas de los alcalles, e la parte del diezmo de los ganados que vienen a estremo, e del montadgo e de los treinta dineros de los judíos, e toda la parte que cayere al cabildo en los almoxarefadgos de todas las villas que tenian los moros en este obispado cuando los oviese la Eglesia, e toda la partida del cabildo de las Eglesias que son en esta cibdat ó serán, etc.» Arch. Caj. V, núm. 98.

[325] Son varios los autores impresos y manuscritos que lo traen. Hállase en la Historia del linage y Casa de Córdoba, del abad de Rute, m. s. de la Real Academia de la Historia; en otro curioso m. s. de la misma Academia titulado Antigüedad y grandezas del suntuosísimo y máximo templo de la sancta catedral iglesia antiguamente metropolitana de Córdoba, etc., compuesto para despues reducirlo á mejor forma por Joseph Antonio Moreno, Martin, Velazquez de los Reyes, capellan de la veintena, etc., año 1686; y hállase asímismo en cuanto á lo sustancial en Gomez Bravo, Obispos de Córdoba, lib. III, cap. 4.º, pág. 264.

[326] Esta capilla es hoy sala capitular, aunque abandonada. El laborioso anticuario D. Luis Ramirez y de las Casas-Deza en su Indicador cordobés asegura que fué la primera que se labró en la iglesia restaurada escogiéndola para sí el santo rey, y añade que en ella se conservaron por mucho tiempo escudos y banderas de los que se llevaron en la toma de la ciudad por S. Fernando. La misma antigüedad le dá el presbítero D. Francisco Sanchez de Feria, hijo del conocido autor de la Palestra Sagrada, en su Descripcion moderna y antigua de la ciudad de Córdoba que posee m. s. é inédita nuestro erudito y bondadoso amigo el Sr. D. Valentin Carderera. Sin embargo el autor del m. s. citado Antigüedad y grandezas etc., propio de la Real Academia de la Historia, afirma que la primera capilla que se fundó fué la de S. Lorenzo, por el arcediano de Córdoba D. Sebastian en tiempo del rey S. Fernando, siendo sus capellanías las mas antiguas de aquella santa iglesia despues de las de la veintena. ¿Cuál era esta capilla de S. Lorenzo? D. Francisco Sanchez de Feria (m. s. cit.) dice que con este título fundó el arcediano de Castro D. Sebastian Ruiz, en 1298, una capilla que en el siglo XVI hubo que demoler para la fábrica de la capilla mayor, crucero y coro, y que en esta época fué trasladada á la de Sancti Spiritus, cuya advocacion cesó desde entonces. El Sr. Casas-Deza, sin tomar en cuenta la existencia de la capilla Sancti Spiritus, supone la advocacion de S. Lorenzo establecida en 1288 por el arcediano de Córdoba D. Sebastian. Como se ve, no hay contradiccion entre estos dos últimos escritores: lo único que hay es llamar el Sr. Casas-Deza equivocadamente fundacion á lo que fué mera traslacion; pero ambos convienen en asignar á la capilla de S. Lorenzo, hoy unida á la de S. Pedro por obra del dean D. Pedro de Salazar en el pasado siglo, un origen posterior no solamente á la fecha que le atribuye el autor del m. s. Antigüedad y grandezas etc., sino al reinado mismo del hijo de S. Fernando.

[327] «Fué destinada para sala capitular en 1347, y por los años de 1805 se principió la obra que determinó hacer el cabildo para darle otra forma, destruyendo arcos y quitando columnas iguales á lo demas de la mezquita; pero se suspendió por desaprobacion de la Real Academia de S. Fernando.» Indicador cordobés, p. 261.

[328] D. Francisco Sanchez de Feria, m. s. citado.

[329] Acerca de la suntuosa sinagoga que los judíos comenzaron á construir en Córdoba en tiempo del papa Inocencio IV, existe una bula espedida en Leon de Francia, año sétimo de su pontificado, en el famoso Libro de las tablas del Archivo de la catedral, del cual nos ha permitido el ilustrado cabildo sacar algunas copias y extractos, auxiliándonos con extremada bondad en nuestra tarea su archivero el Sr. Trevilla. Este documento no existe ya original, pero su copia, al folio 1.º vuelto de dicho Libro, con sus abreviaturas originales, dice así: «Innocentius eps Serv. Serv. Dei. Venerabili fratri epo Corduben salutem et aplicam ben. Cotra inhibicione dilector. filior. Archidiaconi et capli Corduben sic accepim. judei Corduben. civitatis quadam sinagoga supflue altitudinis teme ibide costruere de novo psumunt et grave Xpi fidelium scandalum et Corduben. ecclie detrimentum. Quare humilit. petebatur a nobis ut pvide sup hoc misericorditer curarem. Quo cura fraternitate tue p aplica scriptura mandam. qtin. cont. judeos eosdem sup hoc officij tui debitum cessante appellacionis obstaculo exequaris. Dat. lugdun. Idus aprilis pontificat. nri. anno septimo.

Esta sinagoga, sin embargo de lo mandado por S. S., no fué derribada, porque dice D. Francisco Sanchez de Feria (m. s. cit., fol. 107 vuelto) que quedó desierta por marzo de 1492, cuando los reyes católicos D. Fernando y D.ª Isabel expulsaron de España á los judíos; en cuya época se fundó en ella el Hospital de Sta. Quiteria para curacion del mal de rabia. La causa de no haber tenido cumplimiento la bula de S. S. pudo ser quizás el haberse recibido en Córdoba cuando ya el obispo D. Gutierre habia fallecido, y antes del nombramiento de su sucesor.

[330] En la lámina que representa la vista de Córdoba y su catedral desde el castillo llamado de la Carrahola, se muestra perfectamente dibujada, aunque en pequeño, la elevacion de la catedral antigua, que asoma su armadura por encima de las terrazas de la mezquita, formando una ala tendida de oriente á poniente partiendo de la nave del Mihrab.

[331] Véase la pág. 185 y su nota 1.

[332] Ibid.

[333] El Sr. Casas-Deza en su Indicador cordobés atribuye al obispo D. Íñigo Manrique en 1489 una reedificacion de esta capilla segun el gusto tudesco. Si esta en efecto tuvo lugar, luego indudablemente se verificó otra en época muy posterior, porque su bóveda actual está pregonando el mas lastimoso churriguerismo.

[334] Parece ser que esta capilla, hoy Sagrario desde el año 1577, fué fundada por el obispo de Córdoba D. Fernando de Mesa en 1265, y nó por D. Juan Ponce de Cabrera en 1390, como dice el Sr. Casas-Deza. A Ponce de Cabrera se la dió el cabildo en 1320, y su mujer D.ª Inés Henriquez la tenia ya dotada antes de finalizar el año 1350. Así lo refiere Feria, m. s. citado.

[335] «... tenuis et exilis tanquam nihil obtinens extra muros; immo inter ipsos Sarracenos undique constituta», decia la bula de Gregorio IX.

[336] Este privilegio se copia en el Memorial del pleito citado entre el duque de Medinaceli y el cabildo de la iglesia catedral sobre el terreno de la alcaicería. Dice así: «Sepan cuantos esta carta vieren... etc. como Nos D. Alfonso por la gracia de Dios... etc. Por grant sabor que habemos de facer bien e merced al obispo D. Ferrando e al cabildo de la Eglesia catedral de la N. C. de Córdoba la que ganó el muy noble rey D. Ferrando nuestro padre de moros e la pobló de cristianos á servicio de Dios e de Sancta María, e por las almas del muy noble rey D. Ferrando nuestro padre et de la muy noble reina D.ª Beatriz nuestra madre, e por remision de nuestros pecados, dámosles e otorgámosles carta, bien á los que agora y son como á los que serán de aquí adelante, para siempre jamás, las nuestras treinta y tres tiendas que son cerca de la misma Eglesia. Entra en esta donacion una tienda que y ha, en que venden el pescado, e esto les damos porque fagan cada anno dos aniversarios etc.» De estas tiendas dadas al cabildo, unas estaban en la alhóndiga, otras en la alcaicería. Así consta de un albalá del rey D. Enrique III, por el cual, en perjuicio del cabildo, cuyo derecho era tan antiguo, se daban las mismas tiendas á dos caballeros llamados Ruy Mendez y Alfon Mendez de Sotomayor.

[337] Libro de las tablas, caj. N, núm. 271, fol. 17.

[338] El imperio de Alemania.

[339] Esta carta es curiosa y merece citarse: «Sepades, dice á los alcaldes y alguacil de Córdoba, que el cavildo de la Eglesia de Sancta María de Córdoba me embiaron decir que tienen carta del rey mio padre abierta en como quita de todo pecho a quatro moros que labren en su Eglesia, e porque diçen quel uno destos moros es muerto et el otro ciego en guisa que non puede labrar pidiéronle merced que pusiessen otros dos moros en logar destos et que fuessen quitos de todo pecho assi como lo eran los otros, et él tóvolo por bien. Et diçen que son estos los dos moros que ellos y quieren poner, Famet et Zahec. Et pidiéronme merced que me ploguiesse, et yo téngolo por bien. Onde mando et defiendo que estos quatro moros que el cavildo tomare para su Eglesia que non pechen et que los muden cada que quisieren, et tomen quales quisieren. Et nenguno non sea osado de les demandar pecho nenguno. Et non fagades ende al. Dada en Peñafiel. VII dias de abril, era de mill et CCC et treze annos. Yo Johan Math ó bien Math., maestrescuela de Córdoba la fiz escrevir por mandado del infante.» Libro de las tablas, fol. 17.

[340] Dice así: «Et yo tengo por bien que quatro moros, dos albañís et dos añaiares que les ellos tomaren para obra desta Eglesia sobredicha que sean quitos de todo pecho.» Ibid.

[341] Libro de las tablas, fol. 18.

[342] Véase la pág. 192.

[343] El arzobispo de Leon Agobargo se habia visto precisado á representar contra ellos al emperador Ludovico Pio, pidiendo les cercenase los privilegios de que gozaban, y el monarca procuró poner remedio á sus escesos.

[344] En el Archivo de la catedral, caj. N, núm. 271, al fol. 3, existe copia antigua de este documento, que empieza así: Innocentius eps Serv. Serv. Dei. Venerabili fratri episcopo Cordobens salutem et apostolicam benediction. Licet in Sacro generali Concilio... fuerit deliberatione statutum ut judei a christianis habitu distingantur ne illorum isti ut istæ illi mulieribas possit dapnabilit comisceri. judei tam i Corduben civitate et dioc comorantes statutum hujusmodi sic accepimos no obsvant, quapropter etc. Está fechado en Leon de Francia, idus de abril, año 7.º de su pontificado, que corresponde al año 1250.

[345] Existe el documento en el mismo Archivo, caj. P.

[346] Acerca del diezmo de las posesiones que los judíos y sarracenos compraban y labraban, hay en el mismo caj. P (núm.º 75, 76 y siguientes) muchos instrumentos y privilegios rodados, reales provisiones, cartas y bulas. Bajo el núm. 79 hay una carta de D. Alonso X, con señal de haber tenido sello pediente, espedida en Córdoba á 3 de junio de 1260, de la que se deduce que era general en todas las tierras de la provincia habitadas por moros la resistencia al pago del diezmo, puesto que se hace espresion de la queja del obispo y cabildo contra los moros que labran las heredades de los cristianos en Palma, Castro, Almodovar et otros logares.

[347] Ibid., núm. 79 (instrumento reproducido en el Libro de las tablas. fol. 18):... Otrosí se querellaron que habia judíos e moros que albergan casas de los xpnos et moran en ellas et non dan el derecho que daban los xpnos si viviessen en ellas, por ende el rey mandó que los judíos e moros que moraran en las casas de los xpnos alogradas que paguen sus derechos como lo fazien los dichos xpnos... etc.

[348] «Otorgó el vencedor que aseguraba las vidas y haciendas á los moradores en pacífica y quieta posesion, que no arruinaria las mezquitas, ni estorbaria el uso y ejercicio público de la religion, que tendrian sus cadíes que juzgasen sus pleitos y causas, etc.» Conde, año 1085.

[349] «Y concertaron con el rey Gacum (Jaime) que la ciudad le seria entregada ofreciendo seguridad á todos sus moradores, y libertad para irse á otra parte donde quisiesen con todos sus haberes, y que los que quisiesen permanecer en ella fuesen tributarios como los otros vasallos del rey Gacum, permitiéndoles el libre uso de su religion, leyes y costumbres.» Conde, año 1238.

[350] «Las condiciones de la entrega fueron: que los muzlimes pudieran quedar en la ciudad y vivir en ella con toda libertad, gozando de sus casas y posesiones seguramente, sujetos solo al moderado tributo que solian pagar á sus reyes por Sunna y Xara.» Conde, año 1248. Al estipular que podrian vivir con toda libertad, es claro que no se escluía la libertad de conciencia y el culto público.

[351] ¡Cuán diferente la capitulacion de Córdoba, si es que tal nombre merece! «Perdida la esperanza que los animaba, dice Conde (año 1236), acordaron de rendirse con buenas condiciones; pero los cristianos, que estaban seguros de su triunfo, solo concedieron á los moradores la vida y libertad de ir adonde bien les pareciese

[352] Partida 2.ª, tit. XXIX. I. 1.

[353] «Los setarios secuaces de Mahoma, dice Marmol Carvajal, propiamente deben ser llamados con dos solos nombres alárabes ó agemes: los alárabes son los originarios, y los agemes los advenedizos que de otras naciones y provincias abrazaron su opinion»...«Los mauros, fenicios ó cartagineses, como los quisiéremos llamar, que escaparon de la ira de los romanos, derramándose por Africa entre los penos, constituyeron señorío en algunas partes, especialmente en las Mauritanias, y dellos vienen los que agora llaman azuagos; y porque así estos como los otros mauros de Fenicia abrazaron la seta de Mahoma en el número de los agemes, el vulgo cristiano los llama comunmente á todos moros; y así los que lo son se honran mucho de aquel nombre, entendiendo por mucelemines, que es el nombre que ellos tienen por epíteto de santimonia, interpretado hijos de salvacion. Los mudéjares vienen de los alárabes y de los agemes africanos y de otras naciones, y son los que se quedaron en España en los lugares rendidos por vasallos de los reyes cristianos, á los cuales, porque servian y hacian guerra contra los otros moros, los llamaron por oprobio mudegelim»... Rebelion y castigo de los moriscos, lib. II, cap. I.

Réstanos solo añadir, para mayor claridad, que en nuestros antiguos documentos legislativos se sigue el uso vulgar de llamar moros indistintamente á todos los muzlimes sujetos á la dominacion cristiana, sean árabes ó berberiscos. Estos moros estaban divididos en cuatro clases: los conversos, los siervos, los libertos y los mudéjares. Los conversos llevaban tambien el nombre de moriscos. Eran siervos los que nacian tales, ó eran vendidos para serlo por persona capaz, ó los infieles cautivos en la guerra. Eran libertos los que en virtud de la emancipacion ó por beneficio de la ley pasaban del estado de servidumbre al de libertad; sin embargo, así los esclavos como los libertos formaban parte de la propiedad mueble, la mas estimada en España, donde siempre fué descuidada la agricultura. Los mudéjares eran los únicos muzlimes libres que vivian con su religion y sus propiedades bajo el vasallage de los conquistadores cristianos, segun los pactos especiales concertados al entregarse á ellos.

Así pues, rigurosamente hablando, los mudéjares cordobeses que no gozaban mas que de una libertad á medias por no habérseles otorgado derecho alguno para permanecer en la cuidad, se hallaban en una situacion extralegal y anómala.

[354] Mr. Circourt en su Historia de los moros mudéjares y moriscos elude completamente la cuestion relativa al estado y condicion de los muzlimes entregados á discrecion del vencedor en las ciudades tomadas sin capitulacion, como Córdoba. Entiende (t. 1, cap. XV) que las únicas fuentes para venir en conocimiento de la legislacion propia de los mudéjares, sin la distincion que nosotros acabamos de establecer, son las Siete Partidas y el Fuero de Valencia. No ignora el historiador francés que hasta que el Ordenamiento de Alcalá le dió fuerza legal en 1348, no se observó como ley general del reino el Código del rey sabio; pero cree (y en esto no va descaminado si se refiere á la curia de la corte) que las leyes de Partida se estudiaron y tuvieron secuaces desde que fueron ultimadas en 1258. Nosotros creemos, por lo que hace á los moros mudéjares, que puesto que no habia estipulacion escrita que debiese regir como ley para el régimen y gobierno de los de Córdoba, lo regular y lógico es que los reyes D. Fernando y D. Alfonso los sujetasen próximamente á la misma condicion que en su Código (puesto que su pensamiento pertenece á ambos) habian imaginado y dispuesto como normal para las gentes de su clase. Por consiguiente venimos á parar á una conclusion semejante á la de Mr. Circourt, aunque por una razon diferente, pues él cree que los mudéjares de Castilla y Andalucía tuvieron por cuerpo de leyes el Código de las Partidas por estar ya este en observancia, oficiosa aunque no oficial, y nosotros suponemos, tan solo por una razon de consecuencia en las ideas de gobierno de dichos reyes, que vivirían sometidos á los mismos principios de equidad que los monarcas mencionados fijaban en su cuerpo de legislacion general.

[355] Véase la pág. 172.

[356] D. José Antonio Moreno, capellan de la veintena, en su citada obra m. s. Antigüedad y grandezas de la catedral de Córdoba, al año 1284, en nota marginal. Para que la mencionada capilla de S. Pablo existiese cuando murió el maestre de Santiago D. Pedro Muñiz de Godoy, forzoso era que hubiese sido labrada antes del año 1285. D. Francisco Sanchez de Feria en su Decripcion inédita de la ciudad de Córdoba, dice que la capilla de S. Pablo se labró en 1365 por el comendador D. Pedro Muñiz de Godoy. De estas dos noticias ninguna es cierta, si bien es disculpable la equivocacion en que sus autores han incurrido por la identidad de los nombres. El primer maestre de Santiago que llevó el nombre de D. Pedro Muñiz de Godoy, electo en 1280, no consta hubiese fundado capilla alguna. Sábese, sí, que antes de ser elegido maestre fué comendador mayor de Castilla, y esta circunstancia ha podido tal vez inducir en error á Sanchez Feria al llamar comendador á otro D. Pedro Muñiz de Godoy, que en efecto vivia en el año de 1365. Este segundo maestre D. Pedro del ilustre linage de Godoy (que lo fué tambien de Calatrava, como asegura Rades Andrade), privado del rey D. Enrique II, casó dos veces: fué su segunda mujer D.ª Elfa de Latorre, señora principal, y tuvo en ella cuatro hijos, al primero de los cuales, D. Gonzalo Yañez de Godoy, caballero de Santiago y comendador de Beas, cedió el cabildo de la iglesia mayor de Córdoba el año 1387 sitio para fundar la espresada capilla, segun consta del instrumento de donacion que cita el Dr. D. Andrés Morales en el cap. 272, part. 1.ª de su Hist. m. s. é inédita de Córdoba. «Esta gracia y merced hacemos, dice el instrumento citado, por muchos y muy señalados servicios que el maestre vuestro padre hizo á nuestro señor el rey. etc.» Y en efecto, el maestre D. Pedro murió en batalla al servicio del rey D. Juan el I hallándose en Badajoz con el conde de Niebla contra el Portugal. No pudiendo ponerse en duda la autenticidad de este instrumento, es preciso creer que la inscripcion que hoy se lée en la capilla de S. Pablo en dos lápidas modernas de jaspe azul á los lados del altar, y en que se dice que el maestre D. Pedro la edificó, está equivocada. Reedificada esta capilla en el siglo XVII por un descendiente del maestre, llamado D. Fernando Carrillo (de cuyos empleos y títulos nos informa una de las dos lápidas citadas), no seria estraño que la inscripcion se hubiese grabado consultando solamente la tradicion, que denominaba la capilla de S. Pablo Capilla del maestre D. Pedro Godoy por haberla labrado para él su hijo D. Gonzalo.