CAPÍTULO II
ESPAÑA EN EL SIGLO XV

1.—Los Reyes Católicos. 2.—Pacificación del Reino. 3.—La Santa Hermandad. 4.—Los Consejos. 5.—Los Corregidores. 6.—Medidas financieras. 7.—Las Órdenes Militares. 8.—La Guerra de Granada. 9.—Judaizantes y Conversos. 10.—La Inquisición. 11.—Expulsión de los Judíos. 12.—Mudéjares y moriscos. 13.—Conclusiones generales.

Los Reyes Católicos.

1.—Para darnos exacta cuenta de los sucesos que se desarrollaron en la Segunda Época de la historia del Continente Americano, forzoso es que arrojemos una rápida ojeada sobre el estado de la nación Española al finalizar el siglo xv.

Hay pocos ejemplos históricos de una transformación más rápida y completa que la experimentada por España (1474-1516) al pasar de la situación anárquica en que se encontraba en tiempo de Enrique IV á la grandeza y viril expansión que alcanzó en el reinado de Fernando é Isabel.

Contados son los cambios sociales de esta índole, que se producen pacíficamente, y cuando así sucede, siempre se encuentran, al lado de circunstancias felices que inician y empujan el movimiento, eminentes personalidades á cuyo genio y habilidad se debe gran parte del éxito.

En la España del siglo xv surgió la imponente figura de Isabel de Castilla y la de su esposo Fernando de Aragón, conocidos en la historia con el nombre de "Reyes Católicos".

Isabel la Católica fué, en efecto, gran reina y mujer extraordinaria. De clarísimo entendimiento y formal energía, vivió con su pueblo y para su pueblo. Amiga sincera de cuantos lucharon por Castilla, nadie hizo más insigne á su patria, ni la amó más, ni la sirvió mejor.

Su matrimonio con Fernando de Aragón, sagaz y prudente político, realizó lo que durante siglos había sido el constante ideal de monarcas aragoneses y castellanos: la reunión en un solo Estado de los tronos de Aragón y Castilla.

Unidas así ambas coronas pudieron los monarcas realizar sus levantados proyectos, terminar la guerra de la Reconquista, consolidar la monarquía absoluta, y establecer, con base firme, la unidad religiosa y nacional de sus dominios[490].

Pacificación del Reino.

2.—Era necesaria toda la energía y prestigio de los nuevos soberanos para restablecer en Castilla los principios de autoridad y orden destruídos en tiempo de Enrique IV.

La monarquía castellana se resentía de su origen feudal, y su autoridad fluctuante fué muchas veces juguete de la ambiciosa osadía de los magnates que con sus guerras intestinas asolaban el reino.

Fig. 341.—Autógrafo de la Reina Isabel la Católica.

El pueblo no era súbdito del Rey, sino de los potentados. Era imposible transitar por los caminos públicos sin verse expuesto á todo género de ataques, las ciudades obedecían al más fuerte, y las vidas y haciendas de los ciudadanos estaban á merced de los antojos de turbulentos señores ó de los avances de mesnadas famélicas.

Comprendió Isabel la necesidad de hacer justicia severísima para cortar de raiz tan graves males. En 1477 abrió en Sevilla audiencia pública para oir á los perjudicados por las luchas y banderías encabezadas por el Duque de Medina Sidonia y su rival el Marqués de Cádiz. Pocos había en Sevilla, dice un cronista de la época, libres de culpa. Todos fueron castigados severamente. Otro tanto sucedió en Castilla y en Galicia. El Duque de Alba se vió obligado á restituir la villa de Miranda que tenía detentada, y su alcalde de Salvatierra fué ahorcado por insultos á la justicia de Isabel. Los agentes reales Acuña y Chinchilla hicieron derribar en Galicia hasta cuarenta y seis castillos, restituyeron bienes y beneficios usurpados por los nobles y condenaron á muerte, sin aceptar compensaciones monetarias, á los que se habían hecho reos de crímenes, violencias ó abusos de autoridad.

Fig. 342.—Sello rodado de los Reyes Católicos.

Con tales procedimientos se logró en pocos años pacificar el desordenado reino, reprimir los excesos de los nobles é ir consolidando el poder de los Reyes[491].

La Santa Hermandad.

3.—Se reconstituyeron también las antiguas hermandades, establecidas por las ciudades para defenderse de malhechores, refundiéndolas de acuerdo con las Cortes de Castilla en un solo cuerpo de policía y defensa pública que se llamó la Santa Hermandad, compuesto de más de dos mil jinetes y numerosos infantes que, divididos en compañías, se destacaron en los puntos estratégicos de las aldeas y caminos públicos. Organizáronse también justicias locales (alcaldes) con jurisdicción exclusiva é inapelable para diversos delitos.

Al ocurrir algún robo, asalto ó violencia, echábanse á vuelo las campanas de la iglesia más próxima, y los destacamentos de la Santa Hermandad emprendían la persecución de los delincuentes que eran juzgados por los alcaldes sumarísimamente y asaeteados ó colgados. La prontitud, igualdad y severidad de tales castigos, limpiaron bien pronto de malhechores los dominios castellanos. Desaparecieron las represalias y venganzas privadas, y la seguridad de vidas y haciendas se afirmó y normalizó.

Fig. 343.—La Reina Isabel la Católica.

Fig. 344.—El Rey Fernando el Católico.

Los Consejos.

4.—El vigor de la administración monárquica se exteriorizó además en el desarrollo de organismos administrativos de índole menos popular. Se reorganizó el antiguo Consejo Real convirtiéndose en poderoso instrumento del trono. Entró á formar parte de él una mayoría de letrados, versadísimos en el antiguo derecho, imbuídos de la idea de la monarquía absoluta, desligados de la nobleza y el clero, é interesados, por consiguiente, en robustecer, aun á despecho de ambos, la dignidad y prestigios de la Corona. Entendía en general este Consejo en todos los negocios del Estado, y se subdividió con el andar del tiempo en tres cuerpos (Consejo de Justicia, de Estado y de Hacienda) con funciones claras y definidas. El Consejo de Justicia era, en cierto sentido, el representante general del antiguo Consejo Real, y tomó el nombre de Consejo de Castilla. Su presidente era el funcionario más elevado del Reino, y con los miembros letrados conocía y hasta decidía, secundando la política de los reyes, todos los asuntos de interés nacional[492].

Los Corregidores.

5.—La preponderancia obtenida por los soberanos en los negocios de gobierno general por intermedio de sus Consejos, se extendió á los asuntos locales de las ciudades, etc., por la designación de Corregidores, que gobernaban conjuntamente con los alcaldes ó regidores, y como representantes de la Corona, los negocios de cada pueblo. Defendían siempre las prerrogativas de los monarcas, y ejercían funciones de vigilancia y protección. Poco á poco fueron extendiéndose las facultades de estos corregidores, y predominando sobre los fueros y privilegios de las ciudades, los decretos y disposiciones del poder monárquico.

Medidas financieras.

6.—Los Consejos, Corregidores y demás oficiales públicos daban autoridad y eficacia á los mandatos de los reyes, pero su mantenimiento era costoso, y la Corona carecía de recursos. Determinaron los reyes conseguirlos, y ayudados por los representantes de las ciudades, hicieron que las Cortes, convocadas en Toledo, ordenaran una investigación en los bienes que los monarcas anteriores habían enajenado ó cedido á los magnates y los eclesiásticos. Con tal eficacia y habilidad trabajaron el Cardenal Mendoza y D. Fernando de Talavera, designados como jueces instructores de la validez de semejantes donativos, que la mayoría de las pensiones, pueblos, tierras, vínculos, etcétera, así conseguidos por los nobles, fueron restituídos á la Corona. No por ello se empobrecieron éstos, pero se consiguió, en cambio, establecer una relación más equitativa y normal entre las rentas de la Corona y las de los nobles, debilitando la influencia de estos últimos[493].

Las Órdenes militares.

7.—Otro aumento más considerable de las rentas reales, que quebró al mismo tiempo los más fuertes y legendarios apoyos de la nobleza, fué la absorción en la Corona del Gran Maestrazgo de las Órdenes militares de Santiago, Calatrava y Alcántara. Con el correr de tres siglos de constantes guerras con los musulmanes, estas órdenes militares habían acumulado grandes riquezas, beneficios, ciudades y territorios, y sus posesiones y consiguiente predominio se extendían por toda la península. A la cabeza de cada una de estas órdenes estaban los Grandes Maestres cuyas riquezas, séquito militar y prestigios, les hacían poderosísimos y soberbios. Eran estos grandes maestres los más turbulentos de los nobles, y más de una vez se opusieron abiertamente y en armas á la Corona, promoviendo gravísimos conflictos.

Fig. 345.—Vista general de la Alhambra de Granada.

En 1487, habiendo quedado vacante el Maestrazgo de Calatrava, se presentó de improviso el rey Fernando en el Capítulo, y obligó á dicha asamblea á elegirle Gran Maestre. En 1494 el Gran Maestre de Alcántara renunció el cargo en el mismo rey Fernando, siendo nombrado, en cambio, Arzobispo de Sevilla. Al morir el Gran Maestre de Santiago se hizo elegir el Rey para el cargo, y poco después dictó Isabel un decreto declarando el Maestrazgo de las Órdenes militares anexo para siempre á la Corona real, con lo que acumuló rentas principescas, suprimió el peligro de sublevaciones y turbulencias, é hizo volver á su Corona todas las tierras, beneficios, castillos, aldeas, etc., con que la piedad y el espíritu caballeresco y guerrero había dotado durante siglos á las poderosas Órdenes[494].

Fig. 346.—Toledo. San Juan de los Reyes.

La guerra de Granada.

8.—Una vez pacificado el reino y consolidado el trono pudieron los Reyes Católicos dedicar todas sus energías á la anhelada obra de la Conquista de Granada, último baluarte de la dominación mahometana en España. Hacía largo tiempo que los reyes de Castilla y Aragón no hacían progresos notables en la antigua y patriótica empresa de reconquistar el país ocupado por los moros. Las fronteras musulmanas eran casi las mismas que las definidas siglos antes, por el rey Fernando el Santo. Los moros se habían acostumbrado á despreciar al cristiano, y aprovechando las debilidades de los monarcas, y el turbulento estado de Castilla, penetraban á menudo en sus términos, llevándolo todo á fuego y sangre. Los Reyes Católicos decidieron terminar de una vez por todas una guerra que duraba ya setecientos años.

Difícil se presentaba la empresa, pero el espíritu de Isabel infundió en todos el fuego sagrado del amor á la gloria: organizó ejércitos, formó planes de campaña, y reunió, con firme y decidida constancia, poderosos aprestos bélicos.

Granada, la ciudad querida de los moros, centro y principal asiento de su dominio, fué sitiada por Isabel y Fernando y á pesar del rigor de la estación, del fuego que abrasó el campamento cristiano, y del valiente furor de los defensores agarenos, Granada se rindió y en las torres de su Alhambra se enarboló el pendón de Castilla, cesando para siempre en España la dominación mahometana[495].

Judaizantes y conversos.

9.—Era imposible que monarcas tan previsores y políticos como Isabel y Fernando dejasen de afrontar, según su criterio, las cuestiones religiosas que agitaban la España del siglo xv. Según las ideas de la época todo elemento racial ajeno al español y todo elemento heterodoxo, debían desaparecer. Junto á la población cristiana no podía vivir otra de religión distinta sin grave peligro para la primera.

Los judíos españoles, famosos como médicos, astrólogos, matemáticos, y en especial como mercaderes y prestamistas, fueron siempre odiados por el pueblo, y la protección que les dispensaron los nobles, y hasta las leyes mismas, no pudo librarles de continuas persecuciones y violencias. En los siglos medios, y en especial después de las terribles matanzas de Sevilla, Córdoba, etc. (1391), abjuraron muchos sinceramente ó por conveniencia su fé judaica, aceptando el bautismo y haciéndose cristianos nuevos, marranos (de maran-âtha-anatema sobre tí) ó conversos.

Dotados de excepcionales talentos llegaron algunos á elevados destinos. Fuese, sin embargo, por sus exacciones como usureros y almojarifes (recaudadores de impuestos), por creerse (no sin razones) que seguían menospreciando á la Iglesia, y practicando en secreto sus antiguos ritos, ó por sospecharse que se entregaban á brujerías ó artificios mágicos para destruir á los cristianos viejos, la enemistad contra ellos perduró, y la opinión pública, confundiendo á todos los conversos en el mismo recelo, les persiguió sin distingos, equivocándose muchas veces y vejando sin causa á personas de acendradas creencias.

Por otra parte, los naturales anhelos de proselitismo de los no convertidos, la indiscutible influencia del panteismo filosófico y de la cabala (supersticiones, brujerías, prácticas vedadas, etc.) israelita sobre muchos espíritus, y las frecuentes alianzas de familias judías con las cristianas de rancio abolengo, debilitaron la fé de muchos católicos, que practicaron en secreto los ritos y cultos hebreos, y fueron tachados de judaizantes[496].

Fig. 347.—Espada del siglo xv.

La Inquisición.

10.—En 1477, hallándose los reyes en Sevilla, el predicador dominico Fr. Alonso de Ojeda hizo públicos cargos contra estos. Isabel y Fernando, en vista de tales denuncias, y para evitar mayores males, pidieron y consiguieron del Papa Sixto IV (1478) una bula que les autorizó expresamente á elegir inquisidores para sus reinos, con todo el poderío, jurisdicción y autoridad de los jueces eclesiásticos ordinarios. Con estos caracteres de especialidad y dependencia del poder civil comenzó á funcionar en Sevilla (1480) el Tribunal de la Inquisición ó Santo Oficio, que adoptó, desde luego, las penas y procedimientos establecidos por las prácticas tradicionales y por el «Directorium» de Fr. Nicolás Eymerich, inquisidor general de Aragón (siglo xiv) que defendía el uso del tormento. El 6 de Febrero de 1481 se celebró el primer Auto de fé, y á diez y seis de sus reos se les aplicó la pena de la hoguera. Multitud de conversos de Sevilla huyeron temerosos de ser acusados. En un solo auto de la Inquisición de Toledo (Marzo 1487), figuraron 1.200 reos, y en otro del año anterior (Agosto 16, 1486) fueron declarados relaxos y condenados á la hoguera 25, algunos de ellos de verdadero viso. El celo de los Inquisidores fué excesivo. Diferentes Breves del Papa Sixto IV (29 Enero 1482, 23 Febrero y 2 de Agosto 1483), aluden á sus extralimitaciones, y hablan de "víctimas inocentes". Alejandro VI censuró al inquisidor Torquemada, trató de que fuera depuesto, y amparó á muchos procesados españoles que á su Santa Sede recurrieron[497].

Fig. 348.—Catedral de Burgos.

Expulsión de los Judíos.

11.—Pero la autoridad de la Inquisición se extendía solamente á los bautizados, y por tanto los judíos que seguían siéndolo no estaban sujetos á su jurisdicción. Los mencionados judíos, que odiaban como apóstatas á los conversos (meschunadim), veían con placer sus sufrimientos, juzgándose libres de la persecución del Santo Oficio, mientras permanecieran fieles á la ley Mosáica. Los Inquisidores, por otra parte, no podían sufrir con paciencia que los numerosos judíos del reino practicaran á la luz del día sus cultos protegidos por las leyes y exentos, (salvo casos de proselitismo, hechicería; etc.), de su autoridad. Abogaron, pues, por la conversión forzosa de los referidos judíos ó por su expulsión del territorio.

Los Reyes Católicos dudaron mucho antes de resolver, pero excitada su indignación con el célebre proceso al judío Mosé Franco y sus compañeros por el asesinato verdadero ó forjado del Niño de la Guardia[498], antepusieron en su ánimo el interés espiritual de sus súbditos al material, y, siguiendo el ejemplo de otras naciones[499], dictaron (1492) un célebre edicto expulsando de los dominios españoles á todos los judíos que no quisieron bautizarse. El año mismo que vió la toma de Granada y el descubrimiento de América presenció el destierro de cien mil judíos españoles, y el bautismo forzoso de cincuenta mil más, que prefirieron permanecer en sus hogares. Así se inició en España la política de intransigencia que tan funestos resultados había de dar más tarde, y así resolvieron los Reyes Católicos la cuestión judía, y cimentaron en sus dominios la unidad religiosa y social[500].

Fig. 349.—Llevando al suplicio á un condenado (Estampa de la época).

Mudéjares y moriscos.

12.—Faltaba solucionar el problema de los musulmanes, más numerosos, útiles y vinculados á la sociedad española del siglo xv que los judíos mismos.

En la Edad Media la población de las ciudades musulmanas que se rendía á los cristianos, era protegida por las leyes. Salvo los prisioneros de guerra que se tenían por esclavos, los demás habitantes de dichas ciudades conquistadas llamadas Mudéjares conservaban sus propiedades y su fé. Prácticamente, casi toda la población rural del reino de Valencia, Sur de Castilla, etc., era Mudéjar.

Fig. 350.—Moneda de los Reyes Católicos.

Fig. 351.—Moneda de los Reyes Católicos.

La conquista de Granada sometió á sus habitantes á los Reyes Católicos. Eran los moros granadinos hábiles, trabajadores é industriosos, y su agricultura, ciencia, artes é industrias estaban adelantadísimas. Los vencedores de Granada garantizaron las vidas, haciendas y religión de los vencidos, pero los entusiasmos religiosos y antipatías raciales de la época, exigieron bien pronto el destierro de los mahometanos, ó su bautismo. Talavera trató primero con ardiente celo de convertirlos individualmente; pero la suavidad y lentitud de tales procedimientos impacientaron á los intolerantes que urgieron á los Reyes para que tomaran una medida radical. Prevaleció esta última política, y por el edicto de 1502 se expulsó á los Mudéjares de los dominios castellanos. Muchos emigraron al Africa, otros quedaron en España, renunciaron al Koran, aceptando el bautismo y se sometieron á la autoridad de la Inquisición[501]. Los así bautizados se conocieron con el nombre de Moriscos.

Fig. 352.—Capacete del siglo xv. (Armería Real).

Conclusiones generales.

13.—No corresponde á nuestro estudio el discutir con amplitud las causas y consecuencias para España de la expulsión de judíos y moriscos, ni mucho menos investigar la obra de la Inquisición Española, apasionadamente defendida ó atacada por sus partidarios ó sus enemigos.

Debemos juzgar estos hechos con serenidad de espíritu, y no olvidarnos que los grandes principios de libertad é igualdad, escritos hoy en nuestros Códigos Fundamentales, eran en absoluto ajenos á la mentalidad del siglo xv. Si el éxodo judáico fué doloroso y cruel; si la emigración de los mudéjares privó á España de utilísimos súbditos, empobreciéndola y aniquilando su industria; si la Inquisición, al convertirse en instrumento político, cometió abusos é incurrió en crueldades, culpa no fué, sin duda, de Isabel la Católica, cuya buena fé no han puesto en duda ni los más encarnizados adversarios de su política, y que no tuvo otros motivos para obrar como obró, que su afán ardiente de mantener en sus dominios la pureza de la fé cristiana y de evitar los irremediables conflictos que en épocas de incultura y fanatismo religioso ocasionan fatalmente las diferencias de religión y raza.

Fig 353.—España en el siglo xv.

No puede dudarse, además, que si hubiera persistido en España aquel estado de anarquía religiosa, dolorosas incertidumbres, sangrientas represalias y continuos tumultos, mal hubieran podido los Reyes dedicar al descubrimiento Colombino sus entusiastas energías. La política absolutista y centralizadora iniciada por los Reyes Católicos, tuvo siglos después consecuencias funestas para España, pero favoreció la Colonización y hasta la Independencia del Continente Americano. Por otra parte, la atención prestada por Isabel y Fernando á esta luctuosa parte de su política, no les impidió dedicarse á regularizar los demás asuntos del Reino. Aumentaron los tribunales de Justicia, hicieron modificar en las Cortes de Madrigal y Toro la laberíntica jurisprudencia de la Edad Media, favorecieron el comercio y las artes mecánicas, elevaron el crédito público y llegaron por fin á hacer de la España anárquica y empobrecida que recibieron de Enrique IV, no sólo la nación más respetada y poderosa del siglo xv, sino la única capaz física y espiritualmente de emprender y realizar en menos de un siglo el descubrimiento, conquista y colonización de las Indias.