NOTAS:
[48] El profesor M. Henri de Galzain, de Villa Mercedes (San Luis) me ha comunicado que existe sobre el río Quinto un paso llamado de los Césares que vendría á quedar sobre el itinerario antedicho, confirmándolo más aún; pues no existe en la historia ni en la tradición local, dato alguno que lo justifique.
[49] Es extraño que Angelis, á quien debió llamar la atención el doble error, no lo aclarase en una nota; pues se siente uno tentado á atribuírselo. Pero un estudiante primario no incurriría en él, mucho menos un compilador, por torpe que se le suponga. Puede dárselo, entonces, como perteneciente al historiador.
[50] No acepto el académico «contralorear», derivado de «contralor», con que la Academia, más papista que el Papa, traduce contrôle, síncopa de contre-rôle; pues no veo el derecho con que los etimólogos españoles refaccionan una palabra francesa, de más fácil pronunciación y más breve en su forma original que en su restauración arcaica—inocente pedantería con que se disfraza tanta miseria casera.
[51] Es curioso que la primera cuestión de límites en América, haya sido resuelta por el arbitraje. La bula del Papa Alejandro VI, no era otra cosa en efecto.
[52] Como no alcanzo la razón que haya para limitar el oficio de esta palabra á su combinación con el participio, adopto nuestra lógica generalización. Igualmente usaré la palabra rol, bajo su afección francesa de papel ó figura en un desempeño; así como yerbal y yerbatero, derivados de yerba (ilex paraguayensis). Por último, emplearé como sinónimo de asperón la palabra gres que la Academia no acepta.
[53] Éstas fueron: Asunción, Ciudad Real, Santa Cruz, Villa Rica, Jerez, Concepción, Ontiveros, Corrientes, Santa Fe y Buenos Aires.
[54] La de Hernandarias, de que se hablará más adelante.
[55] Llamado así porque pertenece á la colección «Lenox» de Nueva York.
[56] Falkner no entra en esta cuenta, por haber sido su campo de acción la Patagonia; pero su obra fué allá tan notable y benemérita, que bien merece una mención especial.
[57] El peso en cuestión valía, salvo las naturales fluctuaciones del cambio, 5 francos 446, á juzgar por su peso de 26 gramos 928 y su ley de 0.910 de fino, conforme á las equivalencias fijadas por la Convención Internacional del Metro en 1875. El peso á que me refiero, es el anterior á 1772; pues desde esta fecha, su ley fué bajando progresivamente.
[58] Cerca de 22 francos.