Desde ese momento, el precio á que la caja pagase el cobre, seria la medida de su precio en el mercado; por que si la caja pagase un patacon, por ejemplo, por cada tres pesos de cobre nadie venderia por ménos sus patacones, sopena de perder al volver á comprarlos en la caja. Es, pues, indudable que el precio que esta pagase seria el del cobre en el mercado; pero el gobierno puede valorar ese precio á su arbitrio; puede pagar hoy al cuarenta por ciento, mañana al 20, pasado mañana al 30, y variar así cada dia; y por consiguiente á iguales alteraciones estaria sujeto el precio del cobre en el mercado. Mas, como esta es la moneda en que se hacen hoy los pagos todas las demas mercancias seguirán en sus valores las mismas oscilaciones que la moneda con que se las compra. Y entonces ¿quien podrá especular con seguridad en jénero ninguno? Cuantos perjuicios no sufririan los productores de todo jénero, que empleando hoy su capital le encontrarian mañana disminuido? ¿Cuantos no tendrian que sufrir todos los consumidores en virtud de las alteraciones de los valores de los efectos que consumen? La imaginacion se pierde en este caos; y nosotros creemos que lo que hemos dicho basta para demostrar á la última evidencia que los artículos 3 y 4 del proyecto serian ruinosísimos para el pais porque trastornarian completamente el jiro, introducirian la desconfianza y el desaliento, y matarian al comercio. Las razones que hemos aducido son de tal modo evidentes que no dudamos de que las cámaras conociendolas mejor que nosotros, rechazarán aquellos artículos—Analizemos el 5.°
Para sufragar toda clase de quiebras, y los gastos que pueda ocasionar la extraccion del cobre, se cargará un 10 por ciento el pago de derechos á la introduccion de muebles de lujo, y demas artículos que afectan la industria y agricultura del Estado.
Nos es muy estraño el ver que aun hoy se equivoquen tanto los gobiernos acerca de las reglas que deben seguir en la imposicion de los derechos. Ya no hay quien no reconozca como un axioma, que, cuanto mas se recargan aquellos, tanto mas se promueve el contrabando: resultando de aquí que las rentas se disminuyen en lugar de aumentarse. Los ejércitos de guardas con que la Inglaterra ha guarnecido sus costas, las penas terribles impuestas al contrabando, no impiden que se haga, por el valor de millones de pesos anuales, ni han sido parte á prohibir que en todas sus mesas se beba el vino de Burdeos, cuya introduccion se prohibia con penas severísimas. El ejemplo que hemos citado de la España, y las tablas que presentariamos, si el tiempo no nos urjiese, de la diminucion que han sufrido las rentas de todos los Estados, á proporcion que han aumentado sus derechos, probaria á la última evidencia que tal es el resultado inevitable de esos aumentos. El artículo, pues, que analizamos, producirá tambien este efecto tanto mas cuanto él recarga los derechos precisamente sobre artículos de lujo, es decir, sobre aquellos que, por su poco volúmen, se prestan admirablemente al contrabando. Una caja de alhajas, que valga algunos miles, se introduce en una faldriquera. No hay que dudarlo; si este artículo se sancionase, el Estado perderia en lugar de ganar; porque se harian clandestinamente las introducciones que hoy se hacen por la Aduana.
Pero él adolece, á mas, de otro vicio, que hace su ejecucion muy peligrosa. Se recargan los derechos sobre muebles de lujo, y demas artículos que afectan la industria y agricultura del Estado. Esta determinacion es en extremo vaga, y sujeta á mil interpretaciones. ¿Quien ha de clasificar los artículos á quienes la ley comprende? Son tantos y tan varios los que pueden afectar nuestra industria y agricultura, que es imposible dejar de enumerarlos en la ley, sino se quiere dar lugar á abusos perjudicialisimos.
Pero aun cuando ese artículo no produjese resultados contrarios á los que de él se esperan, aun cuando estuviesen designados los efectos que se recargan, el aumento de las rentas que él produjese jamas podria servir para sufragar las quiebras y gastos que traeria el extraer de la circulacion la moneda de cobre.
Esta operacion, como hemos dicho, debe hacerse en los seis ó nueve meses fijados por el proyecto; y en este periodo, por consiguiente, es preciso subsanar aquellas quiebras, y cubrir aquellos gastos. Pero el art. 6, cap. 3, de la ley de Aduana dispone que "no podrá hacerse innovacion á ella, sin que sea sancionada y publicada seis meses antes de su ejecucion." En virtud de esta disposicion, cuya moral é importancia nadie puede desconocer, el recargo de derechos, que establece el proyecto no empezaria á llevarse á efecto, ni á aumentarse por él las rentas, hasta seis meses despues de su sancion, es decir, en el mismo periodo en que debe hacerse la amortizacion del cobre, y en que han de tener lugar esas quiebras y esos gastos, que el gobierno quiere subsanar, con el aumento de derechos.
Resulta, pues, que el artículo 5 no puede, de modo alguno, contribuir al objeto de desterrar la moneda de cobre, á ménos que se revoque, en su obsequio, el 6 de la ley de Aduana; y á fé que el primero no merece el sacrificio del segundo.
El artículo 6 del proyecto autoriza al gobierno para enajenar el terreno de las dos cuadras pertenecientes al convento de San Francisco; y nosotros creemos que no es este su lugar. La disposicion que él envuelve, deberia ser objeto de una sancion separada, y posterior á algunas otras. Este terreno, como algunas mas propiedades, no es de propiedad pública, sino que pertenece á los regulares; y estamos seguros de que las cámaras no darán al gobierno la autorizacion que solicitan sin dictar antes una ley de reforma, que asegurase la subsistencia de los regulares; y en cuya virtud sus propiedades, pasasen á serlo del Estado. Mientras esta ley no exista, las Cámaras no pueden autorizar al gobierno para disponer de un predio que no es de propiedad pública; y en este concepto juzgamos impracticable el art. 6.
El valor de aquel terreno, dice el art. 7, servirá á proporcionar la moneda nacional en cobre, que debe empezar á circular, el primer dia despues de concluidos los seis ó nueve meses &a.
O nos engañamos mucho, ó este artículo es muy bien calculado para inspirar una gran desconfianza de que se realize la amonedacion del nuevo cobre nacional. El interés personal jamas se equivoca, siempre vela sobre todas las operaciones que le dicen relacion, examina prolijamente los recursos de los gobiernos, los compara con sus compromisos, y deduce las consecuencias que le han de guiar. Desde el momento que el pueblo vea que el gobierno propone por únicos recursos, para la empresa dificil y dispendiosa de sellar una nueva moneda, el producto de dos cuadras de terreno, ya no puede creer que aquella empresa se realice. Cada uno calcula primero el valor de ese terreno, despues los costos que puede tener la compra de la materia de que ha de fabricarse la moneda, los gastos de la amonedacion y demas; y de esta comparacion deducen todos que el valor de dos cuadras de terreno no puede hacer frente á gastos tan considerables como los que exije una nueva fabricacion de moneda. No hay remedio, siempre que los gobiernos presentan al pueblo recursos mezquinos para empresas grandes, le muestran su debilidad, y le inducen á desconfiar. El célebre Mr. Ouvrard prestaba cientos de millones á los soberanos de Europa, contrataba por si los sesenta con que la Francia compró la evacuacion de su territorio por los aliados; y sin embargo, se negó á prestar á un soberano cinco millones, diciéndole que el que pedia tan corta cantidad mostraba bien que no tenia como pagarla.[11] Esto es lo que siempre sucede en casos semejantes; y á esta desconfianza dá lugar el art. 6 del proyecto. El gobierno no puede dudar de que el valor de las dos cuadras de terreno está muy léjos de bastar á los gastos que demanda la emision de una nueva moneda: ¿por qué, pues, no pide tambien autorizacion para emplear otras sumas, hasta la cantidad necesaria, presentando un presupuesto y designando los ramos de las rentas de que se sacarian aquellas sumas? Este era el único modo de que su operacion inspirase la confianza, que él mas que nadie desea, por que conoce que la necesita. Manifestado el inconveniente que presenta este artículo, pasaremos á ocuparnos del 8.°; cuyo tenor es como sigue:
Esta moneda [el nuevo cobre nacional] tendrá el valor correspondiente á plata y se dividirá &a. El texto de este artículo es muy oscuro. No sabemos si el gobierno quiere expresar que el nuevo cobre nacional correrá con un valor igual al de la plata, es decir que ocho monedas de á real de dicho cobre habrán de recibirse por un peso fuerte; ó quiere dar á entender que el valor escrito de cada pieza será igual á su valor real, al de la cantidad de cobre que ella tenga. Lo primero no creemos; por que seria un error imperdonable en este siglo, el pretender que una órden del gobierno pueda dar á la moneda el valor que ella no tiene. Muchos lo han creido así, en la época en que no se tenian nociones de la ciencia económica. Casi todos los gobiernos de Europa han disminuido el valor real de sus monedas, dejándolas el mismo valor escrito; y han ordenado que se reciban con la estimacion que antes; pero no ha habido uno solo que no se haya visto burlado, por que, siendo la moneda una mercancia como todas las demas, el que la recibe por un género que vende, quiere recibir un valor igual al que él entrega: y no admitirá por el mismo precio una pieza que tenga una onza de plata fina, y otra que tenga media onza de plata y media de cobre, aunque ambas se llamen un peso y aunque se lo mande el gobierno. "Si la fuerza, la habilidad ó circunstancias políticas extraordinarias, han sostenido algunas veces el valor corriente de las monedas, cuando su valor intrínseco ha disminuido, jamas ha sido sino por un tiempo muy corto. El interés personal llega muy luego á descubrir si la mercancia que recibe vale ménos que la que dá; y siempre halla medios de librarse de las desventajas de un cambio desigual."[12] No hay duda; siempre serán inútiles todas las medidas que tomen á este respecto los gobiernos, si la moneda que se empeñan en protejer no tiene efectivamente el valor que quieren darla: siempre el tenedor de cualquier producto rehusará admitirla, en cambio de él, por mas valor del que ella tenga en si misma; y como á nadie puede obligarse á vender sus productos á un precio fijo, este subirá siempre, á proporcion del ménos valor de la moneda en que ha de pagarse. El que vende una vara de lienzo en un peso fuerte, realmente no hace mas que cambiar el lienzo por una onza de plata fina: pero, si al peso se le mezcla media onza de cobre, ya no habrá quien cambie la vara de lienzo por media onza de plata solamente; y no hay leyes que sean parte á conseguirlo.
Ya hemos dicho que la moneda es una mercancia como cualquiera otra, cuyo valor se determina por las mismas leyes que el de todos los demas jéneros; y á la manera que el gobierno no puede fijar el precio á que han de venderse en el mercado las astas, el café, las muselinas, tampoco puede fijar el de la moneda, que es una mercancia como ellas. Si el nuevo cobre nacional no tiene un valor real equivalente al del oro y la plata; ó si no representa ese valor, garantiéndole de tal modo, que los tenedores del nuevo cobre estén seguros de que se les cambiará por plata en la hora en el minuto que se presenten; entonces serán indudablemente inútiles todos los esfuerzos de la autoridad para que la moneda nacional se reciba con la estimacion de los metales preciosos. Cuando se cambia sin repugnancia una onza de oro por diez y siete pesos, es por que con aquella se puede comprar la misma cantidad de productos que con estos. Pero si con un peso de la nueva moneda nacional no se puede comprar una cantidad de productos igual á la que se compra con un peso fuerte, nadie cambiará este por aquel: y ciertamente no se podrá, si el tenedor del peso nacional no está seguro de que la autoridad que le ha emitido, se lo cambiará por un peso fuerte, en el momento de presentarle á ser cambiado.
De aquí resulta, que, para que el art. 8, pudiera tener cumplimiento, en el sentido que le analizamos, seria preciso que el gobierno hubiese designado en el proyecto el modo como garantiria el valor del cobre nacional; por que solo esta confianza podrá hacer que se reciba con estimacion: de otro modo, es inútil que lo mande, por que no será obedecido.
Los principios que acabamos de desenvolver son ya tan familiares para todos que temeriamos incurrir en la nota de pedantes, si insistiésemos en demostrarlos. No podemos, pues, persuadirnos á que ellos hayan escapado á la penetracion del gobierno; y por lo tanto no creemos que el art. 8 del proyecto quiera decir que el nuevo cobre se recibirá con la estimacion de la plata: por que, si realmente no merece esa estimacion, no habrá poder humano que se la dé; y si la merece, no hay necesidad de leyes para que la adquiera.
Si no es este, pues, el espíritu del art. 8, el quiere decir necesariamente que el valor escrito del nuevo cobre será igual á su valor real; esto es, que la cantidad de cobre que tenga cada pieza valdrá en plata una cantidad igual á la que esprese el sello que se le ponga. En este sentido, no trepidamos en afirmar que la medida que propone el gobierno, á mas de ser casi imposible ejecutarla, seria muy desventajosa para el pais; y vamos á demostrarlo.
Que seria casi imposible ejecutarla es una cosa bien clara, desde que se advierta que para igualar el valor real, con el escrito, seria preciso que una pieza de este metal que valiese un peso, pesase media libra, cuando ménos. Este es un inconveniente gravísimo, sobre todo en moneda destinada á los cambios menores, que cada uno necesita llevar consigo á cada momento.[13] Esto lo conciben todos fácilmente, sin necesidad de mas explicacion. Demostremos, pues, que la medida que propone el artículo, en el sentido que la analizamos, seria perjudicialísima para el pais.
Desde que el oro y la plata se han destinado al uso de moneda, ninguna nacion de las que usa estos metales, la ha sellado de cobre, guardando una proporcion exacta entre su valor intrínseco y su valor escrito: todos los gobiernos que han emitido piezas de este metal, les han dado únicamente el carácter de signos representativos del oro y la plata como otras veces se efectúa con el papel. Este es el único uso que se hace del cobre, y no puede hacerse otro sin pérdida. Busquemos la prueba de esto en la misma operacion que propone el artículo 8 del proyecto.
Para sellar la nueva moneda de cobre, es preciso comprar el metal al extranjero, y pagarle los gastos del braceaje. Supongamos que van á emitirse diez mil pesos en cobre, cuyo valor real sea igual al valor escrito. Tendremos que pagar, por ejemplo nueve mil pesos en plata por diez mil libras de cobre en planchas; y mil pesos en plata por los gastos de amonedacion: si se ha de dar á la moneda de cobre la proporcion que se quiere, las diez mil libras, despues de selladas, valdrán el capital que por ellas dimos, y lo que pagamos por el braceaje; es decir, que las diez mil libras de cobre sellado no valdrán mas que los diez mil pesos en plata que nos han costado. ¿Y qué habremos ganado en esta operacion? Hemos dado al extranjero diez mil pesos en plata por otros tantos en cobre; y cuando mas, si nada nos perjudicamos, nada tampoco aventajamos.
Pero efectivamente perdemos, y no poco; por que nos es mucho mas importante conservar la moneda de plata que la de cobre. Aquella, en primer lugar es recibida en todos los mercados del mundo, y esta concurrencia le dá un valor muy superior á la moneda de cobre, que solo circula en nuestra plaza. Por otra parte, si esta moneda de cobre ha de estimarse por su valor real, por la cantidad de metal que tiene, está sujeta á todas las alteraciones que produce, en el valor de un efecto, la mayor ó menor cantidad de él que se introduce. El azúcar, el vino y las zarazas valen ménos cuando abundan mas; y lo propio sucede con el oro, la plata y el cobre. Pero la abundancia de los dos primeros metales es muchísimo menor que la del último; jamas las minas de Méjico, del Perú, &c., despachan cargamentos de plata y oro, como los despachan de cobre las de Coquimbo, el Japon, &c. Siendo, pues, exesivamente mayor la abundancia de cobre que de los metales preciosos, la moneda fabricada de estos, está infinitamente ménos espuesta á variar en su valor, por esta causa, que la moneda fabricada de cobre; y por consiguiente aquella es preferible con mucho á esta.
Y siendo indudable que es mas conveniente para un pais tener moneda de plata que de cobre, el art. 8 del proyecto nos perjudica sobre manera, dando al extranjero una cantidad de la primera, en cambio de otra igual de la segunda; y por lo tanto, debemos esperar que las Cámaras no consientan en este perjuicio inevitable. Pasemos ya al artículo 9, que dice así.
El cobre, que á la conclusion de los seis ó nueve meses, exista en el Estado, será cambiado por la moneda nacional, "por el valor que tenga su peso" recibiéndole por el término de sesenta dias.
Supuesta la sancion de este artículo y del anterior, entra el gobierno en una especulacion, que no es propia de él, y que es muy ruinosa para los tenedores de la moneda que se persigue. Esto casi no necesita demostracion. La moneda nacional, debe tener un valor escrito igual á su peso: mientras el valor escrito del cobre del Brasil es exesivamente mayor que el de su peso; de consiguiente, suponiendo que cien pesos de esta última moneda pesen una arroba, y que el quintal de cobre valga en plaza veinte pesos, el gobierno comprará los ciento de la moneda del Brasil con cinco de la nacional: por que cinco pesos de esta moneda pesarian lo mismo que ciento de la del Brasil. Esto basta para probar, no solo la imposibilidad de sellar cobre que valga por lo que pese, sino tambien que el cambio que se ordena por el artículo 9, es un despojo violento que se hace á los tenedores de cobre del Brasil.
Esto sucederá inevitablemente, cualquiera que sea la acepcion en que se tome el artículo 8, ya esprese que el cobre nacional tendrá el valor escrito igual al intrínseco; ya quiera decir que se recibirá con la misma estimacion que la plata. Acabamos de demostrar lo primero; y lo segundo salta á la vista; por que, dando el gobierno la moneda nacional por el valor de la plata, siempre pagará con cinco pesos de ella los ciento del Brasil, que pesen una arroba, segun la suposicion anterior.
El artículo 10 dispone que los que prefieran exportar el cobre del Brasil, concluidos los seis ó los nueve meses, no serán obligados al cambio dispuesto en el artículo anterior.
Para combatir este artículo, establezcamos primero un hecho indudable. La moneda que queremos destruir no es una mercancia que pueda exportarse á todos los mercados; ella no tiene valor sino en el Brasil y en nuestro Estado; por consiguiente, exportandola de aquí, no puede llevarse sino á aquel pais. Sentado este hecho, es evidente que el artículo 10, combinado con el 3, el 4 y el 9, cierran á los tenedores del cobre todos los caminos por donde pudieran huir de su ruina. En efecto, estos cuatro artículos no les dejan otra alternativa que la de vender el cobre á la caja recaudadora, al precio que el gobierno quiera pagarle; ó cambiarle por la moneda nacional, con una pérdida enorme ó exportarle con otra no ménos considerable.
Ya hemos demostrado que perderian en las dos primeras operaciones; ¿y quien no vé que lo mismo sucederia en la de exportar el cobre? Es forzoso llevarle al Brasil; y allí esta moneda está mucho mas desacreditada que entre nosotros; hay contra ella un clamor mas general; la cantidad que circula es prodijiosamente mayor que la necesaria; S. M. I. y las Cámaras se ocupan en prepararla un golpe de muerte: ¿con cuanta pérdida, pues, no nos recibirian en aquel mercado una mercancia que rebosa en él, y está buscando salida; una moneda que miran como ruinosa, y que tratan de aniquilar á todo trance? ¿Es este el remedio que el proyecto deja á los que no quieran sufrir el perjuicio de cambiar el cobre por la moneda nacional? poco agradecidos deben quedar al gobierno los tenedores de aquella moneda; pues el remedio que les ofrece es tan peligroso como la enfermedad.
A mas de esto ¿quien nos responde de que, á la conclusion de los seis ó nueve meses, no esté ya aniquilada en el Brasil la moneda de cobre, que con tanto empeño atacan sus autoridades? y en este caso probabilísimo, ¿á donde la extraeriamos los tenedores de Montevideo?
Este artículo, pues, de nada sirve en el proyecto, sino, como dijimos antes, para hacer mas penosa la situacion de los tenedores de cobre.
Art. 11. A la terminacion, de los seis ó nueve meses no circulara, como moneda, en el Estado el cobre del Brasil.
Desde el principio convenimos en que este era el objeto que debia tenerse en mira, al proponer cualquier medida para calmar las inquietudes que hoy sufre el comercio por causa de aquella moneda. En consecuencia nada tenemos que decir especialmente sobre este artículo; sino, en general, que, si la moneda de cobre ha de estinguirse por medios tan ruinosos como los que propone el proyecto; si hemos de librarnos de aquel agente peligroso, á costa de los enormes quebrantos, de los trastornos mercantiles que hemos mostrado, como resultados inevitables de la sancion del proyecto; conviene mas sufrir por algun tiempo aquella moneda, hasta que encuentre una combinacion, que la destierre con ménos perjuicios. No es el único objeto á que se aspira que deje de circular el cobre del Brasil, sino que deje de circular con el menor perjuicio posible para la riqueza pública y ciertamente el proyecto ha buscado los medios de desaparicion de esa moneda se señale por una gran catástrofe mercantil. Deseamos que el artículo 11 se lleve á efecto; pero hemos mostrado, de un modo palpable, que no puede llevarse por los medios propuestos.
El artículo 12, que dispone que la moneda de plata ú oro se recibirá por el valor de sus sellos, cualquiera que sea su curso en el comercio, adolece del error que hemos indicado al examinar el artículo 8; es decir, de la pretension de querer fijar el precio á que ha de recibirse la moneda. Siempre que no haya en el Estado otra moneda ménos estimada que la plata ó el oro, se recibirán estas por el valor de sus sellos, sin necesidad de que lo mande la ley. Pero, mientras suceda lo que hoy; mientras haya un medio circulante que interviene en todas las transaciones, y que vale ménos que el oro y la plata, nadie cambiará estas especies por aquella, por el valor de sus sellos. Si el dia de hoy se promulgase una ley, que ordenase que los patacones y las onzas se cambiasen por el cobre del Brasil, por el valor de sus sellos, nadie la obedeceria: todos los tenedores del oro y plata sepultarian en sus arcas esta moneda; ninguno la cambiaria; seria presiso llevar los hombres por centenares á la cárcel; y ni aun así se conseguiria el cumplimiento de la ley. Semejante disposicion seria un ataque violento á la propiedad; porque se obligaria á los ciudadanos á desprenderse de sus efectos, por un precio á que no querrian darlos: y, al cabo de una série de violencias, la ley siempre quedaria burlada. En tiempo de los célebres asignados de Francia, se impuso la pena capital al que no los recibiese con la misma estimacion que al oro y la plata. ¿Y que sucedió? Que mientras se guillotinaban hombres por este motivo, se pedian, en el mercado, cinco mil francos en asignados por una trucha; y al cabo hubo hombre que empapeló su aposento con estos billetes.
Esto mismo sucederia, guardada la proporcion, con el artículo 12 del proyecto; y nada es tan peligroso, sobre todo en los Estados nacientes, como el dictar leyes para que sean burladas con desprecio.
El último artículo del proyecto, que dispone que durante el periodo de los seis ó nueve meses, el gobierno hará sus pagos en proporcion al valor de plata y cobre por mitad, no dá lugar á ninguna consideracion importante, de la que puedan deducirse consecuencias de un interés jeneral.
Hemos concluido el análisis del proyecto. Tal vez habremos omitido muchas reflexiones, que se nos habrán escapado, ó por la escasez de nuestras luces, ó por la premura del tiempo, que apénas nos deja lugar para meditar lo que escribimos; como que ha sido preciso apresurarse á dar al público estas reflexiones, antes que las Cámaras se ocupen en la discusion del proyecto. Sin embargo, nos lisonjeamos de que, con las observaciones que hemos hecho, todos podrán formar un juicio exacto del negocio: y creemos haber demostrado que el proyecto del Ejecutivo; es de todo punto inadmisible, porque léjos de propender á estinguir esa moneda, resto mortífero de la dominacion extranjera, la favorece poderosamente; porque introduce la desconfianza en todas las clases, la confusion en las operaciones mercantiles, el desaliento jeneral en los especuladores de todo jénero; porque amenaza á los tenedores de cobre, que son todos los ciudadanos, con pérdidas insoportables, que cegarian las fuentes de la prosperidad nacional; por que muchas de sus disposiciones son absolutamente impracticables; y por último porque, si lograse con él arrancar de la circulacion el cobre del Brasil, seria por medios tan violentos y ruinosos como estos, cuando puede hacerse por otros ménos perjudiciales.
No creemos que se nos pueda atribuir otras miras, cuando hemos escrito este papel, que la de contribuir, en cuanto nos es posible, á que se evite la caida de las fortunas del pais: si algun interés personal nos anima, es únicamente el de no ser envueltos en conflagracion general.
Como no queremos que se nos diga que solo tratamos de atacar las medidas que se proponen, sin propender, por nuestra parte, á que se procuren otras mejores; haremos tambien los esfuerzos posibles por presentar á la consideracion pública algunas bases, que pudieran servir para la adopcion de una medida contra el cobre del Brasil; no podremos hacerlo inmediatamente, porque la materia es delicadísima, exija una grande meditacion, conferenciarla entre muchos, y discutirla detenidamente. Cuando llegue el caso de presentarlas, la haremos con toda la desconfianza que nos inspira la certidumbre de la escasez de nuestras luces. Si no merecen la aprobacion, nos limitarémos á desear que se adopten otras mejores.
Entretanto, suplicamos á nuestros Representantes, y Senadores, que se dignen examinar las razones en que fundamos nuestra oposicion al proyecto; y que no olviden, al discutirle, que de su resolucion está pendiente la suerte de esta Patria que tanto queremos.
Montevideo, Noviembre 29 de 1830.
Una asociacion de capitalistas.
(MONTEVIDEO—1841)
"Si quereis coronar mi exelsa frente
Pedid al Cielo que la vuestra alumbre."
De una composicion del certámen.
Son los poetas sacerdotes encargados de las festividades de la Patria; y ciertamente que, en esta vez, no han desertado sus aras.—Si se recuerda el breve tiempo concedido por el programa del certámen poético de Mayo, la accidental ausencia de algunos de nuestros vates esclarecidos; si se mide sobre todo la indiferencia con que se acoje, por lo comun, toda idea nueva de este jénero, la primera vez que se promueve, no parecerá reducido el número de concurrentes á esta liza de la inteligencia y del jénio, monumento de gloria para la Nacion que solemniza con ella sus grandes aniversarios.
Diez son las composiciones poéticas que esta Comision ha recibido, y es preciso decir—en honor de la República—que, á escepcion de dos que no merecen aquel nombre, revelan todas las demas, aunque en proporciones distintas, elevacion de espíritu y de ideas, conocimiento del arte, y de las condiciones que la civilizacion y el estado social piden hoy á la poesia, y á los ramos todos de la literatura.
El estrechísimo tiempo concedido á esta Comision para examinar las piezas, clasificarlas, y redactar su informe, no le permite analizarlas todas ni detenerse como desearia, sobre las que ha de analizar. Dejará, pues, sin exámen, aquellas que no tuvieron la fortuna de merecer el lauro, ni una especial recomendacion; limitándose á decir sobre ellas que aun las ménos aventajadas reflejan algunos destellos del jénio que campea en otras arrogante y altivo, y que no faltan en algunas ráfagas de brillantísima luz, aunque eclipsada hoy por resplandores mas puros.—Cumple la Comision en estas breves líneas con un deber de justicia.—
Cuatro son entre todas las piezas que ha mirado como dignas de fijar su atencion.
Ha destinado el lauro á la primera: ha acordado á la segunda el accesit, y usando de la libertad que el programa la concede, ha creido deber hacer especial y honorifica mencion de las otras dos.
Es este fallo la expresion de un juicio, cuyas fundamentos desea la Comision exponer, aunque muy rápidamente, para corresponder al honor que se le ha dispensado: y porque tampoco comprende que pueda ser otra la materia de este informe.
Colocada en la altura de que la crítica no puede descender, la Comision ha mirado, ante todo, las piezas que examinaba bajo el aspecto de su mas ó ménos armonía con el carácter presente de la poesia nacional, ó por decir mejor, Americana. Ha creido que aquel merecia mas en este punto, que mejor hubiese comprendido las modificaciones, los cambios decisivos, que la literatura recibe de la variacion y progreso de las costumbres, de las creencias, de los elementos todos que constituyen la vida de los pueblos.
Ninguna literatura americana pudo haber mientras duró la dominacion de la España; Colonia ninguna puede tener una literatura propia; porque no es propia la existencia de que goza, y la literatura no es mas que la espresion de las condiciones y elementos de la existencia social. El pensamiento del colono, lo mismo que sus brazos y su suelo, producen solo para la metrópoli de quien recibe hábitos y leyes, preocupaciones y creencias. Si alguna luz intelectual le alumbra, es apénas el reflejo—pálido por muy bríllante que sea—del grande luminar á quien sirve de satélite. ¿Que escuchábamos, en las márgenes de nuestro Plata, antes de 1810? Ecos desfallecidos de los cantos que se alzaban en las orillas del Manzanares. Las liras que llamábamos Americanas, se pulsaban solo para llorar oficialmente sobre la tumba del Monarca que cerraba los ojos, ó para cantar en la coronacion del que le sucedia sobre el trono. Nuestros pueblos arrancaban al extranjero triunfos espléndidos en las calles y plazas de nuestras ciudades, adornaban la techumbre de nuestros templos con los pendones arrebatados al vencido, y el jénio apocado de los hijos de la lira no encontraba para tan altas hazañas, motivo mas noble que el amor á Cárlos y Maria Luisa.
Mengua grande, á la verdad, borrada despues por dias de gloria perenal. Alumbró la llama de la libertad; alzóse el pueblo de la condicion de colono á la de soberano, y en el gran sacudimiento nació tambien la poesia nacional, hermana gemela de la independencia. Su carácter no podia ser otro que el de la época en que nacía. La intelijencia y los brazos del pueblo nuevo no tenia otra ocupacion que meditar empresas de guerra, ganar batallas, y reparar los descalabros de las derrotas. Ninguna otra podia ser la entonacion de las liras Americanas:—cantos de guerra, himnos de victoria, lamentos de dolor iracundo sobre la tumba del guerrero caido bajo la enseña del Sol, maldiciones contra sus verdugos; esto, y nada mas podia pedirse á los que tenian fuego en la mente, patriotismo en el corazon.—Y ese y ningun otro, es el acerado temple de los materiales que forman el honrosisimo monumento de nuestra primera poesia nacional.
Pero la lucha de la independencia terminó y con ella los odios que la guerra enciende. Intervalos de paz, breves, por desgracia, como el relámpago, dieron treguas al pensamiento para elevarse á la contemplacion de las grandes verdades filosóficas y morales, permitieron mirar en derredor con ojos, que no anublaba la polvora de las batallas: empezaron los pueblos á meditar en su destino, á buscar el fin porque habian derramado su sangre; á correr tras de las mejoras y el progreso social. Levantábase entonces, una jeneracion, que no habia asistido á los combates de sus padres; pero que habia aprendido de sus labios, los dogmas santos de Mayo: imposible era que resonasen en sus liras, ecos de guerra que ya no ardia, ni clamor de venganza contra enemigos que eran ya nuestros hermanos. La poesia empezó naturalmente á tomar un tinte mas filosófico, mas templado, se vistió por la primera vez, con las riquísimas galas de nuestro suelo, que los poetas de la revolucion no distinguieron entre el polvo y el estruendo de las armas, y reflejó, por fin, esa melancolía que imprime en el ánimo el espectáculo continuado casi, de las guerras civiles y del hondo infortunio de la patria.
Tal es el carácter de nuestra poesia actual: y la Comision ha creido deber buscar en las composiciones del concurso la espresion práctica de estas verdades como un mérito de la mas alta estimacion. Ha preferido, por consiguiente, aquellas que han mirado la revolucion de Mayo por el lado de su intencion moral, política, civilizadora, sobre las que no han tenido en vista sino la parte de sus glorias militares. Las que aparecen revestidas de las nuevas formas del arte, á las que no han acertado todavia á desnudarse de la cota y de la lanza, que vistió la musa de 1810.
Despues de aquella circunstancia que juzgó primordial, ha buscado en las piezas presentadas, el mérito de un plan acertado, y que llenase las condiciones dadas en el programa del certámen: ha preferido en este punto los que ha creido mas vastos en su comprension, mas arreglados en su distribucion, y sobre todo mas orijinales; pues que la orijinalidad es el sello que mas caracteriza al jénio y la condicion primera de la actual literatura.
Por eso mismo, la novedad en las ideas, su elevacion, su oportunidad, su tendencia á despertar sentimientos de patriotismo, y de virtud social, ha sido tambien uno de los méritos que ha buscado la comision, prefiriendo las piezas en que con mas acierto encontró reunido el apoteosis de los heroes muertos, con la exposicion elevada de sus dogmas, y con la exhortacion á la perseverancia y á la fé de la jeneracion que vive.
Ha buscado, por último la perfeccion en aquellas condiciones del arte, que pudieran llamarse puramente mecánicas, y que no por eso ceden á ninguna otra en importancia. Si la poesia es un arte, fuerza es juzgar al poeta por las reglas que ese arte estableció para enfrenar el desbocamiento de la imajinacion, para vestir esteriormente las concepciones morales, que pertenecen al jénio. El ritmo, por consiguiente, el mecanismo de la versificacion, la correccion y cultura del lenguage, la gala y lozania del estilo,—dotes que todas las escuelas y sistemas exijen para lo bello—han sido otros tantos motivos de exámen y de preferencia en los juicios de la Comision.
Si esos juicios tomados en su conjunto y última espresion, han sido acertados y justos, lo decidirá la razon pública—tribunal mas competente que este—á quien la Comision presenta las composiciones preferidas, que son las que pasa á designar.
Ha obtenido el lauro único de la medalla de oro, la que lleva por tema estos versos del lírico latino.
Se ha presentado como su autor el Sr. D. Juan Maria Gutierrez que ha sido reconocido por el sello especial que le revestia.
Unánime fué y por aclamacion el voto que ha concedido á esta pieza la supremacia sobre todas. Ninguno, sin duda, entre los concurrentes, ha comprendido la grandeza de la revolucion, sus glorias y sus fines como el Señor Gutierrez. Ninguno ha estendido como él el círculo de sus ideas, ninguno se ha revestido de la imponente majestad que reina en su poema, ninguno, alcanzado á la correccion extremada de su diccion; y, si era de desear, en sentir de la Comision, que el discurso fatídico del anciano fuese ménos extenso, que algunas de las ideas diseminadas en él, fuesen ménos comunes, y mas vigorosas, que se borrase una que otra espresion poco feliz, no puede desconocerse que esos lunares desaparecen en la tersura jeneral de la composicion; y están mas que lavados por la invocacion relijiosa y altísima, con que desde el principio pone recojimiento en el alma del que le oye, pidiéndole para la suya; por las ricas y maestras pinceladas que dibujan el magnífico cuadro del navegador Genovés en los momentos en que oponia á la demente incredulidad del amotinado equipaje, la realidad asombrosa del mundo que descubria, y por la sentida rememoracion de los muertos Poetas de la Patria, con que cierra el poeta su largo canto.
La Comision no puede dejar de recomendar el autor de esta pieza á la estimacion del Pueblo en cuyo seno ha recibido tan altas inspiraciones.
Síguele de cerca y casi le rivaliza en mérito la que lleva por divisa estas palabras del abate Lamennais.
"La libertad es la gloria de los pueblos;" produccion que pertenece al Sr. D. Luis Dominguez segun la señal de reconocimiento que ha presentado.
Si esta pieza no alcanzó á la majestad y altura de la que precede, no se la puede disputar una concepcion vasta y feliz, un plan acertadamente distribuido, fecundidad de ideas, elevada entonacion, elocucion correctísima, y pasajes que revelan por cierto, el jénio del poeta. No es posible hablando de ella, dejar de recordar las estancias que le dán principio, el anatema que fulmina contra los tronos, que usurpan en la tierra la majestad del único y eterno trono que el poeta reconoce, y el tributo que paga á los grandes capitanes de la revolucion; si bien es doloroso encontrar en este punto invertida la cronolojia de nuestros triunfos, mas de lo que, á juicio de la Comision, es permitido á la poesia apartarse de la senda de la historia.—Tampoco quisiera haber hallado el nombre admitido de Motezuma reemplazado por otro que aunque mas conforme á su pronunciación primitiva, es duro, poco poético y no llena la condicion de la Rima para que fué variado.
Tan digna crée la Comision esta pieza del accessit que la ha concedido, que pide á la autoridad á quien debe su investidura, el permiso de presentar á su autor, como prueba del aprecio que la obra le merece, un volúmen que encierra las ricas producciones de la lira de Espronceda, una de las espléndidas columnas que sustentan hoy el magnífico templo que levanta la España á la literatura y á las artes.
Dos piezas mas ha creido la Comision que merecian una recomendacion especial, aunque no debe esperarse de ellas el mérito de las anteriores.
Es la primera la que tiene á su frente estas líneas del poeta del siglo, del portentoso Lord Byron:
Se ha presentado como su autor D. José Mármol. Ofrece esta pieza una prueba práctica de lo que antes dijo la Comision, sobre las condiciones del arte, que llamó mecánicas. Ciertamente que si la versificacion, el estilo, el uso de la lengua, correspondiesen en esta pieza á la entonacion, y á las ideas, no seria este el lugar que ocuparia entre las del Certámen.
No se comprenderá toda la exactitud de esta clasificacion hasta que se oiga la lectura de la pieza misma. La elevacion, la novedad, el frescor, la abundancia de sus ideas sorprenden en la primera lectura, y hacen casi olvidar los pecados contra el arte, que la fuerzan á flaquear ante los ojos de la crítica. Frecuente violacion de la sintaxis y de la pureza de la lengua, inexactitud aunque no tan comun en la rima: quebrantamiento de las condiciones de versificacion que el mismo poeta se impone; y una que otra locucion sumamente oscura son los defectos que empañan el terso brillo de las ideas y luchan con el elevado entono de esta pieza. La Comision reconoce que el molde en que fué vaciada, es sin disputa una cabeza poética, y ha querido mostrar el aprecio que la merece tomando de ella los dos versos que ha colocado al frente de este informe. Se complace en esperar que su autor, reconociendo como indispensable la disciplina del arte, y sujetando á ella sus fogosas inspiraciones, presentará cuando este certámen se renueve, frutos mas sazonados que ocupen un lugar mas distinguido en el banquete que la Patria ofrece á sus poetas.
La segunda composicion recomendada presenta exactamente el reverso de la anterior. Aquella campea por las ideas y desfallece por la forma poética; esta descuella por la forma y flaquea por las ideas.
Cualquiera reconocerá en ella un hábil versificador, un hablista consumado, un hombre de comercio íntimo y frecuente con las musas; pero que en esta ocasion no tuvo la fortuna de recibir inspiraciones elevadas y nuevas. Puede decirse que no hay en esa pieza un solo defecto de forma, pero sus ideas son humildes, reflejadas de las que brillan profusamente en los cantos de la revolucion. La distingue este verso latino:
y su autor es D. Francisco A. de Figueroa.
Termina aquí la tarea de la Comision. Alto, muy alto ha sido el honor que sus miembros han recibido; y siempre contarán como una gloria el hallar sus nombres asociados al primer acto de este jénero que vén las Repúblicas del Rio de la Plata. Quisieran ellos aumentar por todos medios su solemnidad presente, y su memoria futura. En lugar, pues, de cerrar este informe con una exhortacion á los vates del Plata, inútil desde que ninguna puede ser mas elocuente que el acto mismo á que asisten, y desde que no puede faltar emulacion en el pecho, cuando hay estro en la mente, le cerrará la Comision proponiendo á la autoridad á quien competa una idea en que, al deseo puro de solemnizar este acto, confiesa que se mezcla un lijero tinte de propia vanidad. Consiste la idea en que terminada esta festividad se requiera á los autores de las cuatro composiciones distinguidas que las escriban todas y las firmen de su mano para que, escribiendo la Comision al pié de la primera la palabra laureada, accessit al pié de la segunda, y recordada con distincion en las otras dos, firmen los miembros de ella, y se depositen estos autógrafos, en la Biblioteca Nacional, con una copia autorizada del Programa del Certámen, y este informe.
Montevideo, 25 de Mayo de 1841.
ARTÍCULOS
DEL
"COMERCIO DEL PLATA."
De intento nos abstuvimos de tocar, en nuestro artículo de ayer, la cuestion del Congreso Americano, á que esencialmente se contrae el voto del Consejo de Gobierno de Venezuela, cuya segunda sesion publicamos hoy. Quisimos reducirnos, en aquel artículo, presentar el contraste de los principios del Gobierno Constitucional de Venezuela y del Dictador de Buenos Aires, respecto de las relaciones con el extranjero: quisimos mostrar loa prácticos resultados de ambos sistemas; y dar una desmentida viva y elocuente á esa falsa vocingleria de los amigos del Dictador, cuando aseguran que todas las Repúblicas del Continente profesan los mismos principios que él, ó simpatizan con su adopcion.
Examinando ahora las opiniones del gobierno de Venezuela, respecto del proyectado congreso americano, nos parece que su negativa á tomar parte en él, se funda en los mas sólidos principios de política y conveniencia para aquel Estado; y en otros, que son comunes á todos los demas del habla española.
Mucho alucina, en efecto, porque lisonjea mucho el amor propio nacional, la idea de una Gran Asamblea Americana, con los objetos que manifestó Bolivar, al proponerla en 1822, y que hoy todavia la atribuyen Méjico y Chile, que son las dos Repúblicas mas empeñadas, segun parece, en su realizacion.
Pero los inconvenientes materiales, políticos, mercantiles, y de todo órden, que á ello se oponen, son de tal modo invencibles, que estamos ciertos de no ver en nuestros dias una reunion de todas las Repúblicas que fueron colonias españolas, y de que tampoco la verá la jeneracion siguiente.
La tentativa de Bolivar falló, á pesar de que la concurrencia de Representantes de las primeras Potencias de la Europa, y los escritos de Depradt, dieron á la Asamblea de Panamá la importancia de un gran acontecimiento de la época. Se atribuyó entonces su mal resultado á causas puramente locales y de momento, que, aunque algo pudieron influir,[14] estuvieron léjos de ser las que frustraron aquel proyecto.
Las verdaderas causas existian entonces, como existen Hoy, y produjeron de parte de algunos Estados, la misma repulsa que producen actualmente en Venezuela. Cuando Bolivar en 1822 y 23, invitó al Gobierno Arjentino á que concurriese á la Asamblea de Panamá; y envió al efecto á su Plenipotenciario D. Joaquin Mosqueira, ese Gobierno se negó á los deseos del Libertador de Colombia, por motivos iguales á los que Hoy expresa Venezuela. Probablemente fueron tambien los mismos los que influyeron en los demas Estados, que no concurrieron al Congreso.
Entre los varios inconvenientes que hacen inverificable la realizacion de ese proyecto, el Consejo de Gobierno venezolano indica ya los que nacen de las distancias entre los diversos Estados, y de la completa falta de medios de comunicacion para vencerlas. Esos inconvenientes son tan claros, que no necesitamos agregar una palabra á lo que contiene el documento de Venezuela.
Nos ocuparemos en analizar otros, de muy distinta naturaleza.
No es posible esperar una Gran Reunion de Naciones Independientes, sin que existan graves motivos de interés comun que las liguen. Esos motivos no pueden existir entre los Estados Sud-Americanos.
¿De que órden serian?—O comerciales, ó políticos.
Los primeros, léjos de ser comunes, son mas bien diametralmente opuestos. Entre todas las Nuevas Repúblicas Americanas no hay una sola que sea fabricante. Todas dependen de la Europa y de los Estados-Unidos para proveerse de los objetos de consumo que las fábricas producen: los frutos que ellas poseen son todos, ó materias primeras para esas mismas fábricas extranjeras, ó productos de la agricultura, que se envian á aquellos mercados. La sola diferencia de situacion jeográfica, y de un litoral mas ó ménos cómodo, causa enormes diferencias en los costos con que cada uno envia al extranjero sus productos, y recibe los que este le trae. ¿Que arreglo, de ventaja comun, es posible hacer en semejantes circustancias? Venezuela y Chile, por ejemplo, pueden enviar á Europa el cobre de sus minas, en cambio de algodones de Manchester ó de sedas de Leon. Pero Venezuela embarca el primero, y recibe los segundos, en los puertos de esta América mas vecinos á la Europa; mientras que Chile no puede hacer ese comercio, sino dando vuelta el Cabo de Hornos, y empleando cuatro veces mas tiempo y mas gastos que Venezuela. Igual diferencia estableceriamos entre nuestro Rio de la Plata, abierto al comercio marítimo del mundo, y la República Boliviana, encerrada entre barreras de montañas, dividida del mar por ellas y por áridos desiertos.
En esas circunstancias, ¿puede racionalmente esperarse que un Estado renuncie sus ventajas naturales, para nivelarse á otros que no las posée, y que ninguna puede darle en cambio? Imposible lo creemos.
Si se trata de dos paises de diversa situacion jeográfica y cuyos productos sean idénticos ó análogos, la dificultad crece considerablemente; porque el interés de cada uno consiste en sacar la mayor ventaja de unos mismos productos.
La liga, pues, de intereses puramente comerciales, seria inverificable. Pero seria tambien perjudicialísima.
Sabido es que los progresos del comercio y de la industria dependen, ante todo, de la perfeccion de los medios y métodos empleados en la produccion, y de la facilidad de transportar los productos, á bajo precio y con seguridad, hasta el punto en que han de entregarse al consumidor. Aquel de los Estados Sud-Americanos, que mas adelantando estuviese en sus medios de cultivar la tierra, de beneficiar sus ganados, ó de esplotar sus minas; aquel que tuviese mas y mejores caminos, ó canales, tendria una superioridad decidida, y lejítima, sobre su vecino que ninguna de esas mejoras poseyese. Si ella de nada hubiese de aprovecharle, por que tuviera que nivelarse á un arreglo comun con el atrasado vecino, es claro que ningun estímulo tendria para emprender esas mejoras; y jamas podriamos esperar que saliesen nuestros paises del atraso en que actualmente se encuentran, en punto á medios de comunicacion y transporte; y á métodos de facilitar la produccion.
No siendo pues, un interés comercial, comun á todos, el que pudiera reunir á los Estados Americanos en un Gran Congreso, veamos si tendrian para hacerlo el estímulo de un interés político.
Lo examinaremos en el número siguiente.
Octubre 7 de 1845.
¿Cuales son los intereses políticos, comunes á todos los Estados Americanos, que los inducirían á reunirse en una Grande Asamblea? Francamente, nunca los hemos comprendido.
Hace mucho tiempo que, con motivo del preconizado Sistema Americano del Dictador Rosas, estamos sus enemigos preguntando ¿en que consiste ese sistema? ¿cuales han de ser sus principios, sus basas? á que objeto práctico se dirije?—Ni Rosas, ni su Gaceta, ni nadie, se ha tomado jamas el trabajo de decirlo. Que Rosas y los suyos callen, bien lo comprendemos: su objeto es engañar; tienen un convencimiento y expresan otro: jente así jamas discute. Pero que hombres sesudos, de tino político, y de excelentes intenciones; hombres como el Diputado Rodriguez Santos en la Cámara temporaria del Brasil, hablen tambien del Sistema Americano, sin definirle: le tomen como una cosa de todos comprendida, y discurran sobre ella sin mas esplicacion; eso es lo que nos sorprende, eso lo que no podemos comprender.
El vínculo comun que existió durante la guerra de la independencia, quedó disuelto, como lo dice muy bien el Gobierno de Venezuela, desde que la guerra terminó, y desde que la Madre Patria reconoció la independencia de varios de los Nuevos Estados. Desde entonces, no existiendo peligro comun, no puede haber necesidad de comun defensa.
Es preciso recordar tambien que la lucha de Independencia no fué una lucha de la América contra la Europa; del principio republicano contra el principio monárquico. No: eso no es cierto. Algunas Potencias Europeas se inclinaron alternativamente en favor ó en contra de la independencia Americana: pero lo hicieron, no por sostener ó atajar la causa de la emancipacion, sino por miras é intereses puramente europeos. El establecimiento de Repúblicas de este lado del Océano no podia inquietar ni favorecer á la Europa.—Ella en todo caso necesitaba mercados independientes; y así se vió que, siempre que las exigencias dá la política, puramente europea, no inclinaron á las grandes Potencias en favor de la España, se pronunciaron, mas ó ménos explícitamente, por la emancipacion que les abria esos mercados. Así Napoleon—el representante encarnado del principio monárquico—declaraba ante el Cuerpo Lejislativo, en 1809, que él no se opondria jamas á la independencia de las naciones continentales de la América; que esa independencia estaba en el órden necesario de los sucesos, en la justicia y en el interés bien entendido de todas las Potencias.[15] Así la Inglaterra reconoció, en 1823, la independencia de los Nuevos Estados, desde que intereses políticos europeos no le impidieron buscar mercados independientes de este lado del Atlántico.
No es verdad, pues, que, ni aun durante la guerra de la Independencia Americana, haya existido una lucha de principios, de sistemas políticos, entre los dos Continentes. Sucedió con la emancipacion de la América del Sur lo que, en el siglo precedente, habia sucedido con la de la América setentrional. Monarquias europeas ayudaron con sus armas y su poder á la emancipacion de las Nuevas Repúblicas del Norte.
A nadie ha ocurrido jamas decir que la Europa haya acechado, en época ninguna, la Independencia de la Union Americana, ni que esta necesite de un sistema y de un derecho público especial, opuesto al europeo.
¿Y porqué temeremos los Estados de la América Meridional lo que nunca temió la del Norte? ¿Por que necesitarémos un sistema y un derecho público, que nos diferencie de la Europa, cuando no le necesitan las Repúblicas de la otra América?
El Gobierno de Venezuela ha dicho con suma razon, que la pretension de formar un derecho público americano, diverso del de Europa, seria productiva de grandes males.
En efecto, el derecho público americano deja de ser tal, si no es la regla establecida, y admitida por la mayoria de las sociedades humanas. Naciones infinitamente mas antiguas que las nuestras, fundaron y reconocieron un derecho público: los Estados Unidos del Norte le han reconocido tambien, á su vez, como basado en las nociones de justicia universal. Que podrian hacer los Estados de Sud América solos, para cambiar, ó alterar el derecho público de la Europa y de los Estados Unidos del Norte?
No investiguemos cuales serian las diferencias entre el pretendido derecho público americano, y el europeo: cualesquiera que ellas fuesen, es claro que las naciones que se hallan en posesion del suyo no querrian reconocer las alteraciones. Y como el derecho público es la regla para los deberes y acciones recíprocas de una nacion con otra, nacerian necesariamente choques frecuentes entre el derecho público universal, y el Sud Americano.
¿Quien perderia en esa lucha?
Este pregunta merece mas atencion de la que jeneralmente se la atribuye. No disputarémos quien ganaria una batalla, diez batallas; si una espedicion europea triunfaría, ó seria vencida. No: esas cuestiones nos parecen estériles, sin resultados trascendentales ni permanentes. Somos de los que creen á la Europa sin medios para conquistar la América, especialmente en sus rejiones apartadas. Pero creemos tambien que nuestros paises, aun triunfando de una espedicion europea, perderian inmensamente en cualesquiera querellas con la Europa; perderian de un modo duradero, permanente; y esos son los resultados á que es preciso atender, cuando se trata de sistemas políticos ó mercantiles, cuando se deciden medidas que han de influir sobre la suerte de los Pueblos, cuya vida no se mide por la duracion de la del hombre. Estados nuevos, sin poblacion, con escasas rentas nacionales, con infinitos objetos de urgente mejora á que aplicarlas, con pocos y muy imperfectos medios de educacion pública; ninguna calamidad pueden sufrir mas grande que la de una guerra. Ella les arrebata su poblacion ya escasa, consume sus exiguos recursos, impide toda mejora, todo desarrollo mercantil é industrial; y los deja completamente exhaustos despues del triunfo, postrados sobre sus laureles, para no levantarse en media jeneracion.
Ahí está la República Arjentina. Entró en la guerra contra el Brasil próspera, rica, floreciente: ganó batallas; apresó muchos buques: obtuvo una paz de honor, embellecida por el nacimiento de un Estado Nuevo. Pero quedó sin substancia, abatida y pobre: el primer caudillo audaz que se presentó la trajo al punto en que se vé. Ese es el resultado final de su triunfo.
No quiere esto decir que los nuevos Estados deban someterse humildemente á la voluntad de naciones mas fuertes de la Europa ¡No, por Dios! La dignidad de los Estados no es una palabra vacia; su independencia no es un bien ilusorio. Defenderla hasta perecer, es el primero de los deberes. Pero el modo de conservar ésta, de no comprometer aquella, es no multiplicar las causas de desavenencia con el extranjero; no crearse dificultades nuevas; sino, por el contrario, aplicarse á ir allanando poco á poco las que existen.
Creemos que la adopcion de un código de Derecho Público distinto del de la Europa seria fecunda en los riesgos que indicamos; y que por consiguiente, muy léjos de ser ese un interés comun en los Estados Americanos, para reunirlos en un Congreso, conviene soberanamente que no piensen en semejante innovacion.
Pero si opinamos contra la reunion de una Asamblea de todas las Repúblicas del habla Española, pensamos tambien que se podrian sacar muy grandes ventajas de un Congreso á que solo concurrieran los Estados que componen una seccion determinada de la América y que están en diario é inmediato contacto.
Esto, aplicado especialmente al Rio de la Plata será objeto de otro artículo.
Una de las prácticas mas invariables observadas por el Dictador de Buenos Aires, que forma á la vez una parte esencial y un rasgo característico de su sistema, es el hacerse discernir un título que no merece ó atribuir un mérito cualquiera, que no ha contraido, y mandar en seguida, que se repita por todos, y en todas ocasiones, hasta que, á fuerza de repetirse, se convierte, no solo en dicho, sino en creencia popular.
Así se hizo llamar primero Restaurador de las Leyes, despues Heroe del Desierto, mas tarde Grande Americano; así se atribuyó la pacificacion del pais en Octubre de 1820, cuando ninguna parte notable tuvo en ese suceso: y así [para llegar de una vez á nuestro objeto] hace pregonar que su campaña al desierto exterminó á los indios, que ha asegurado, contra sus incursiones, las fronteras de la campaña de Buenos Aires, y extendido las fronteras de la Provincia.—En estos últimos tiempos especialmente, en que el poder de la verdad, ha triunfado de los embustes que su prensa propaga, se ha empeñado él en revestirse de ese mérito, y en repetir, mas que nunca, que á su gobierno vijilante y fuerte se debe la seguridad de la campaña, y la extension de sus fronteras.
Nada es, sin embargo, mas opuesto á la verdad. Sucede precisamente lo contrario. Desde que Rosas se apoderó del Gobierno, y durante su dictadura, muchas estancias valiosísimas se han despoblado, muchos cientos de miles de ganados han pasado á poder de los indios salvajes, y las fronteras de la provincia de Buenos Aires se han retirado como cuarenta leguas mas adentro, dejando todo ese inmenso territorio en el dominio indisputado y tranquilo de las tribus del desierto. Esta es la verdad.
Cuando Rosas se hizo discernir la dictadura, la línea de frontera de la provincia de Buenos Aires, se extendia del modo siguiente.—
Al N. O.—hasta la guardia de Melincué, á 75 leguas de Buenos Aires.
Al Oeste, hasta el fuerte de la Federacion, á mas de 60 leguas.
Al S. O., hasta el fuerte 25 de Mayo á 60 leguas, y fuerte de la Laguna Blanca, á 70 leguas de la Capital.
Al Sur, hasta Tupalquen, 65 leguas, y al fuerte de la Independencia [Tandil] distante 75.
Se extendia, pues, á un radio de 70 leguas de la capital, una línea de fuertes guarnecidos, y en buen estado de defensa.
Pero las estancias—las conquistas pacíficas de los criadores de ganados—se extendian á no pocas leguas mas allá; porque las guarniciones de los Fuertes tenian en respeto á los salvajes del desierto.
Eso era cuando Rosas entró al mando. Veámos lo que es ahora.
Volviendo de su campaña al desierto, puso todavia en la Federacion la chusma de indios que condujo, y á que llamaba amigos. Los salvajes trajeron naturalmente allí los hábitos depredadores de la Pampa, y asolaron amistosamente aquella comarca. Melincué fué primero abandonado: siguió la Guardia de Mercedes, 10 leguas mas adentro; se conservó algun tiempo la de Rojas, otras 10 leguas mas hácia Buenos Aires: pero luego se dejó tambien en poder de los salvajes, que habian arrasado, hasta no dejar vestijio, las de Melincué y Mercedes.
Abandonó luego el 25 de Mayo, y puso su guardia en la Barrancosa, muchas leguas mas adentro; al mando del célebre Ramirez, de sobre-nombre Macana. Los indios le atacaron varias veces, le vencieron, le debilitaron; y la Barrancosa se abandonó, retirándose la guardia fronteriza, al Fortin de Areco, 40 leguas mas adentro de Melincué.
En igual proporcion se fueron sucesivamente abandonando las guardias del 25 de Mayo, Laguna Blanca Tapalquen. Esta última era el asiento del poder de Rosas en la campaña del Sur. Allí tuvo mucho tiempo al coronel D. Ramon Maza [á quien mató junto con su padre el Presidente de la Sala] y al teniente coronel Granada, con unos 900 hombres de caballeria. Retiró de allí esa fuerza, para matar Unitarios, y abandonó á los indios todo el terreno comprendido entre aquellas guardias y el Rio Salado:—es decir una zona de 35 á 40 leguas de ancho.
Todas las estancias—riquísimas muchas de ellas—que se hallaban en esa vasta extension de territorio, quedaron completamente despobladas. Las de Beaus, Lezica, Quiroga, Iramain, y todas las que ocupaban las inmediaciones de la Laguna del Bragado; las de los Balcarce y otros muchos, en Tapalquen; todas las del Arroyo de las Flores; y, en una palabra, cuantas existian, por aquella parte, hasta la márjen derecha del Salado, han desaparecido durante el dominio de Rosas, y los salvajes de la Pampa dominan ese terreno, ocupado antes por pingües establecimientos.
La línea de guardias, que hoy forma la frontera, está reducida á lo que era al empezar el siglo;—Fortin de Areco, Guardia de Lujan y el Monte; el primero, que es el mas remoto, á ménos de 35 leguas de Buenos Aires; y el último no dista 30.
Todo el resto de la provincia está en poder de los indios, cuyas incursiones, durante el Gobierno de Rosas, han avanzado á puntos, pocos años antes tan seguros como la misma capital.—En Rojas estuvieron diez dias seguidos, en 1839 [segun creemos] sin que nadie los molestase: hoy llegan hasta las inmediaciones de Areco y Lujan; y en 1840, ó 41 vinieron hasta la estancia de D. N. Benitez, mas adentro de la guardia del Pergamino; y solo á 10 leguas de la márjen del Paraná.
Cuando Rosas subió al mando, el camino carretero, que conduce de Buenos Aires á las provincias interiores, estaba protejido por las guardias de Melincué, Mercedes, y la Esquina. Hoy no existen las dos primeras: ha sido preciso abandonar el antiguo camino, é ir á buscar la proteccion de la barrera del Carcarañal.
Esos son los hechos: esa la seguridad que Rosas ha procurado á las propiedades rurales, y esa la extension que ha dado á las fronteras—
Recomendamos á los lectores extranjeros, que deseen comprender bien este artículo, que consulten, al leerle, alguna buena carta de Buenos Aires.—La del Sr. W. Parish es excelente.
Octubre 10 de 1845.